Con el interés de «aprobar modalidades de pago, que contribuyan al acceso de la población a ofertas de bienes duraderos y otros artículos para satisfacer sus necesidades, sin la intermediación de una entidad financiera», fue aprobada la Resolución 98/2021 del Ministerio de Comercio Interior.
La disposición, publicada en la edición extraordinaria número 66 de la Gaceta Oficial, permite la venta minorista de bienes duraderos seleccionados, cuyos precios superen los 2 500 pesos, entre ellos muebles, colchones, bicicletas, equipos electrodomésticos y otros artículos , a las personas naturales.
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Todo sobre la comercialización minorista a personas naturales mediante ventas a plazos.#ComercioCuba @PresidenciaCuba @MMarreroCruz @LuisTFonseca @BetsyDazVelzqu2 @MiriamP04398282 @GriselAvila13 @FranSilvaHerre1 pic.twitter.com/cyPx7kQHFm— Comercio Cuba (@MincinCuba) July 21, 2021
Las personas naturales deben cumplir los siguientes requisitos: ser ciudadano cubano con domicilio permanentemente en el país, residir en la provincia donde se solicite la venta a plazos, tener más de 18 años de edad, capacidad legal y de pago para concertar obligaciones; tener ingresos demostrables, fijos y regulares avalados; y haber honrado o estar honrando otras deudas contraídas bajo esta modalidad de venta.
Precisa el documento que la persona natural se presenta en el establecimiento minorista destinado a la venta de estos artículos con documentos de identidad, certificación del centro de trabajo del salario devengado, declaración jurada de impuestos sobre ingresos personales (trabajadores por cuenta propia); certificación de los ingresos por la Dirección de Trabajo o filial del Instituto Nacional de Seguridad Social (pensionados o beneficiarios de la asistencia social).
En el caso de los estudiantes en centros que reciban asignaciones de artículos con pago a plazos –aclara la resolución- presentan los datos personales y compromiso de la persona que los asiste para el pago, y datos personales y certificación de la capacidad de pago de un fiador.
De acuerdo a la resolución, se establece una tasa máxima de interés de 2.5 %, sobre el importe del artículo. También se precisa que el cliente realiza inicialmente un pago negociable no inferior al 20 % del precio de venta del artículo, mediante el pago electrónico o en efectivo y dispone de los plazos que se pacten para abonar el importe restante, siempre en el término de hasta un año.
Entre otras especificidades de la resolución 98 se precisa que, en el acto de la compra, el cliente recibe el vale de venta y el certificado de garantía. Una vez que se haya abonado el importe total, el establecimiento minorista otorga el certificado de propiedad, si corresponde.
También se aclara que el establecimiento minorista, en el término de siete días hábiles previos a la culminación del plazo pactado para cada pago, emite un aviso al cliente por la vía de comunicación acordada.
APROBADAS LAS VENTAS DE GARAJE
En el mismo número de la Gaceta Oficial se publica la resolución 97/2021, que aprueba las regulaciones para la venta de garaje como modalidad de comercialización.
Sobre este tema se determina que la venta se realiza en garajes, portales y otras áreas residenciales, que no obstruyan el tránsito por aceras y vías; pueden organizarse por las autoridades territoriales en parques y otras áreas, con el mismo concepto.
Igualmente queda establecido que, para realizar esta actividad, las personas no requieren de licencia comercial ni de trabajador por cuenta propia, los artículos que se van a comercializar son de uso doméstico y personal, pueden ser usados, seminuevos y nuevos.
Mediante la modalidad de venta de garaje, se excluye la comercialización de lotes de artículos nuevos importados y de la industria nacional, así como pieles de animales, maderas preciosas y alimentos.
Con la nueva resolución, los permisos para la realización de la venta de garaje se otorgan por la oficina designada del Consejo de la Administración Municipal, previa información de las autoridades municipales, en un plazo no inferior a una semana anterior a la fecha autorizada.
Los permisos se otorgan vía electrónica o presencial –señala la norma- puede cobrarse una tarifa mínima por el permiso, que no supera los cincuenta pesos y tributa al presupuesto del territorio.
Por otra parte, los consejos de la Administración Municipal definen los días en que se realizan las ventas, horarios, área residencial o localidad y duración máxima en días consecutivos. Las personas pueden solicitar de una vez el permiso para todas las fechas programadas en un año, semestre o trimestre.