Tras su publicación en el sitio web del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), la población cubana ya puede consultar la propuesta de anteproyecto de «Ley de la Expropiación por razones de utilidad pública o interés social».
Se habilitó el correo electrónico consultas.patrimonio@mfp.gob.cu para propiciar la elaboración y aprobación de la ley a partir de los criterios no solo de los expertos y legisladores, sino de los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos de participación.
La propuesta de anteproyecto regula la expropiación por razones de utilidad pública o interés social como medio de actuación del Estado para la satisfacción de intereses generales como forma de adquisición de bienes y derechos para el patrimonio estatal.
Designa, también, los sujetos competentes para realizar la declaración de la utilidad pública o interés social, así como las bases y el procedimiento para determinar esa utilidad o necesidad.
Asimismo, respalda las reglas establecidas en la Ley N.º 118, De la Inversión Extranjera, del 29 de marzo de 2014, sobre expropiación en ese ámbito y fortalece, en relación con este tema, las garantías jurídicas para los inversores extranjeros en nuestro país.
Según la web del MFP, esta iniciativa legislativa fortalece —a nivel sin precedentes anteriores en el Derecho cubano— el entorno jurídico de las garantías procedimentales y patrimoniales para los sujetos a la expropiación forzosa.
Además, da cumplimiento al mandato directo dispuesto en el artículo 58, párrafos 2 y 3, de la Constitución de la República de Cuba que autoriza la expropiación de bienes, únicamente atendiendo a razones de utilidad pública o interés social y con la debida indemnización; y dicta que la ley establece las bases para determinar su utilidad y necesidad, las garantías debidas, el procedimiento para la expropiación y la forma de indemnización.