Una actualización de los términos y condiciones para financiar las producciones agrícolas priorizadas por interés gubernamental fue aprobado tras su publicación en la Gaceta Oficial N.º 22 de la República de Cuba, en la que se regula el otorgamiento de financiamiento a determinadas formas productivas.
El documento explica que el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros aprobó un conjunto de medidas inmediatas para salvar la industria azucarera, sus derivados y generación de energía, razón por la cual se modificó lo aprobado en la Resolución 173, de 2021.
Lo añadido es que «la aplicación de los beneficios establecidos en la Resolución 173, de 2021, para el otorgamiento de financiamientos a las formas productivas, se interrumpe una vez agotada la asignación para el año fiscal en curso del Presupuesto del Estado al Fondo de Desarrollo».
Informa la Gaceta que se consideran priorizadas por interés gubernamental las producciones de boniato, malanga, yuca, plátanos, papa,tomate, arroz, maíz, frijoles, caña de azúcar, sorgo, soya, carne de cerdo y ganado ovino, caprino, y cunícula; así como los programas para el desarrollo de la ganadería vacuna, bufalina y avícola.