Si bien tras la Revolución de 1959 en Cuba, la equidad de género se convirtió en un objetivo primordial de la nueva estructuración política, siendo representativas de este proceso la Campaña de Alfabetización, un duro golpe a la opresión patriarcal, y la masiva incorporación laboral e inserción pública de las ciudadanas promovida por la Federación de Mujeres Cubanas desde 1960, el camino iniciado ya imponía considerables desafíos frente a la necesidad de transformar condicionantes económicas, generadoras e interdependientes de factores socioculturales que favorecen la discriminación de las mujeres y disidentes sexuales.
A partir de 2020, con la pandemia causada por el virus SARSCOV-2, la estancia y el aislamiento en el hogar no implicaron una distribución equitativa de las tareas. Ante el cierre de las escuelas y el funcionamiento irregular de los círculos infantiles, madres y abuelas asumieron no solo la atención de familiares dependientes sino la enseñanza de los niños y niñas; unido al teletrabajo, a la par del cuidado en medio de una «hiperconexión y difuminación de los horarios». La pandemia evidenció debilidades fuertes de nuestras políticas sociales en materia de género, incluso, de las recién aprobadas.
Sin dejar de valorarse otras posibilidades para afianzar los principios de igualdad efectiva, no discriminación por ningún concepto e iguales oportunidades y responsabilidades, recogidos en la Constitución de 2019 (artículos 13, 42 y 43[1] respectivamente), el 8 de marzo de 2021 se aprobó el decreto presidencial 198/21 o Programa de Adelanto a la Mujer (PAM). Tal como se identifica en sus objetivos, «constituye la piedra angular en el desarrollo de políticas a favor de las mujeres», al tiempo que institucionaliza la igualdad de género en el país. El área 5 es explícita en cuanto a estos objetivos, pues plantea la necesidad de «potenciar un enfoque transversal de género (…), en las dinámicas internas de funcionamiento de las instituciones, organizaciones y facultades universitarias». Esto implica incorporar la esfera jurídica-reglamentaria al proceso, para convertirla en herramienta de atención, sanción y seguimiento social.
Se aprobó también el Programa de Educación Integral en Sexualidad con Enfoque de Género y Derechos Sexuales y Reproductivos (PEIS) en el Sistema Nacional de Educación, por la Resolución No. 16 de 27 de febrero de 2021 del Ministerio de Educación. Sin embargo, no sobrevivió, pues se anunció el aplazamiento de la implementación de esta última versión.
Dicho programa se implementaría desde la enseñanza primaria hasta el nivel medio superior, de manera que pudiera estimular cambios generacionales favorables en la subjetividad. Como estrategia pedagógica que expresaba el carácter obligatorio de la transversalización de la perspectiva de género, comprometía a la enseñanza universitaria, la cual habría de ofrecer continuidad a este antecedente en sus diferentes especialidades.
Por su parte, las limitaciones del PAM son comprobables en la reproducción de la imagen de la mujer como sujeto pasivo (que debe ser «adelantada») y el dominio de la categoría «mujeres» sobre otras representaciones políticas del sujeto de derecho, que quizás pudieran incluir mejor los múltiples malestares cotidianos en tres áreas especiales que autores como Mies[2] señalan: la esfera doméstica-privada (condición de subsistencia y apropiación de la fuerza de trabajo), la esfera de los cuerpos (discriminación por criterios raciales, identidad y orientación sexual) y la esfera pública.
No obstante, el decreto expresa la voluntad de corregir las brechas sociales mediante la incorporación de «las cuestiones de género», para erigirse como una política estimuladora de políticas sociales que habrán de otorgarle en la práctica un carácter multiterritorial y multiinstitucional, y a la vez un fortalecimiento metodológico mayor.
¿Qué aspectos pudiera contemplar un Plan de equidad para las universidades cubanas?
Las cátedras de la mujer, los observatorios de género, los proyectos que abrazan la mirada de género al mundo, son iniciativas materializadas en las distintas universidades del país. Estas devienen antecedentes imposibles de ignorar a la hora de demostrar que la perspectiva de género no es un campo inerte en las instituciones de educación superior, y se encuentra alimentada además por la investigación desde diferentes perspectivas científicas.
Sin embargo, llevarla a la práctica resulta más complejo, y la vida de alumnos y profesores también está mediada por las numerosas exigencias que mujeres y hombres por igual, sin importar sus funciones en otros ciclos productivos, reciben durante su superación. En ese sentido aquí propongo siete objetivos y diversas estrategias que puedan integrar un Plan de Igualdad para las instituciones.
El primer objetivo general sería erradicar la discriminación y la violencia en/ desde la Universidad.
Según el Proyecto Equal «En Clave de Culturas»[3], la discriminación es «toda distinción, exclusión o preferencia de trato» por motivos que no tienen nada que ver con el mérito individual, sino por motivos de sexo, raza, edad, religión, ideología, etnia, orientación sexual o identidad de género. Puede tener lugar en la familia, la comunidad y el entorno laboral. En esta última esfera se manifiesta y afecta a las personas cuando son relegadas en el mercado laboral por los denominados «techos de cristal», en el acceso a puestos de trabajo y en las posibilidades de ascenso. Por lo que la discriminación se manifiesta a través de la violencia, y