Desde la presentación del proyecto de ley de migración, ciudadanos y medios de prensa han destacado que uno de los aspectos más relevantes es la posibilidad de renunciar a la ciudadanía cubana.
Sin embargo, en elTOQUE Jurídico señalamos que para implementar una medida de este tipo era esencial la aprobación de una ley de ciudadanía, cuyo borrador aún no se había publicado —a pesar de que el Cronograma Legislativo establecía que la norma debía aprobarse junto con la ley de empresas, de extranjería y de migración en la sesión ordinaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) de julio de 2024—.
El 24 de junio de 2024, el sitio oficial de la ANPP finalmente publicó el proyecto de ley de ciudadanía, el cual brinda mayor claridad sobre el proceso y los requisitos que deberán cumplir quienes pretendan renunciar a la ciudadanía cubana.
¿QUIÉNES PODRÁN RENUNCIAR A LA CIUDADANÍA?
El proyecto establece que podrán renunciar a la ciudadanía cubana:
- ciudadanos mayores de 18 años;
- que tengan otra ciudadanía;
- que se encuentren en el extranjero;
- que no posean deudas con el Estado cubano ni con sus instituciones;
- que no estén cumpliendo sentencia penal de privación de libertad o subsidiada ni sean perseguidos por la comisión de un delito en el territorio nacional o en el extranjero.
Los requisitos coinciden con algunas de nuestras lecturas previas que señalaban que la renuncia a la ciudadanía cubana difícilmente serviría de solución para evadir las prohibiciones de salida del país («regulaciones») que el régimen cubano impone a profesionales, disidentes y a atletas de alto rendimiento.
En primer lugar, el proyecto de ley impide que la renuncia de la ciudadanía se gestione desde dentro de Cuba. Lo anterior confirma que ningún ciudadano cubano con doble nacionalidad que resida en el país podrá renunciar a la ciudadanía cubana desde la isla.
El proyecto establece, además, que nadie podrá renunciar a la ciudadanía cubana sin tener otra ciudadanía. La previsión está diseñada para evitar las situaciones de «apatridia» (no tener vínculo político con algún Estado). Bajo el argumento, se requerirá acreditar previamente la posesión de otra ciudadanía para renunciar