El Tribunal Supremo acaba de desestimar una apelación del abogado independiente Julio Ferrer Tamayo a un dictamen que involucraba al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), Esteban Lazo, con relación al reclamo ciudadano de una ley sobre manifestación, reunión y asociación en Cuba.
“Yo demandé a la Asamblea Nacional en la persona de su presidente Esteban Lazo. El tribunal rechazó la demanda diciendo que no tenía competencia para resolver ese asunto”, indicó Ferrer Tamayo acerca de la demanda presentada ante la Sala de Amparo de Derechos Constitucionales contra el Parlamento cubano por no contemplar, dentro del cronograma legislativo 2023-2027, una ley sobre estos derechos que supuestamente están garantizados en la Constitución.
El ARTÍCULO 56 de la Constitución Cubana aprobada en el año 2019, expresa que los derechos de reunión, manifestación y asociación, con fines lícitos y pacíficos, se reconocen por el Estado siempre que se ejerzan con respeto al orden público y el acatamiento a las preceptivas establecidas en la ley.
El abogado explicó que esta demanda la interpuso luego de acudir en varias oportunidades a la Asamblea Na