Cuba cerró el 2023 con el Segundo Período Ordinario de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, órgano legislativo que aprobó tres leyes, referentes, respectivamente, a Salud Pública, Fiscalía Militar y Atención a Quejas y Peticiones. En el pasado año los trabajadores cubanos lograron tener por primera vez una ley que los proteja de la violencia en el ámbito laboral. Por demás, se avanzó en normativas sobre los roles de la Contraloría General de la República y una proyección presupuestaria que en 2024 dedica un amplio margen a sectores sociales e intenta reanimar una economía en crisis.
No obstante, en mi revisión de las leyes aprobadas en este año saltaron a la vista decretos de suma importancia para la ciudadanía que han sido pobremente abordados por la prensa oficial. En especial en lo relacionado con la seguridad nacional, la protección de la información clasificada del Estado y el enfrentamiento a la corrupción.
En el presente año se deberán aprobar también instrumentos jurídicos de vital significación para el país, algunos pospuestos de 2023 y otros que se mantienen en el plan de 2024. En este trabajo comentaré los más notables.
Lo relativo a la economía y el trabajo
En el cronograma 2023-2027 está prevista la aprobación de 52 leyes; de ellas, 16 que pertenecían a 2022, 35 propuestas por las instituciones, así como el Decreto-Ley «De la Administración Financiera del Estado», pendiente desde el año anterior, informan medios oficiales.
En febrero de 2023 entró en vigor la modificación de la Ley 107 «De la Contraloría General de la República de Cuba», aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular el 1ro de agosto de 2009. La nueva Ley, de número 158, había sido aprobada en 2022 y regula el control de los fondos públicos y de la gestión administrativa del Estado, a través del ejercicio de la Contraloría General. Responde a la recomendación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y en ese sentido busca garantizar la independencia funcional de dicho órgano fiscalizador superior, así como regular sus funciones.
En adición, el 25 de octubre de 2023 entró en vigor el Decreto-Ley «De las cooperativas agropecuarias», que establece el marco jurídico que regula la «organización, constitución, funcionamiento, integración, escisión, fusión, disolución y extinción» de esa forma de propiedad que ha adquirido protagonismo en la economía cubana como alternativa a la crisis.
El 17 de julio fue aprobado el Decreto-Ley «Del Régimen Especial de Seguridad Social de los Ciudadanos Cubanos Designados como Representantes de las Representaciones Comerciales Extranjeras en la República de Cuba». Presentado por Marta Elena Feitó Cabrera, ministra de Trabajo y Seguridad Social, es una respuesta al «establecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba», propuesto el 22 de febrero de 2021 en el Decreto 32. La novedad en julio de 2023 es que los cubanos designados como representantes comerciales extranjeros estarán protegidos por un régimen especial de seguridad social, con excepción de quienes ya estén afiliados al régimen general.
El 28 de septiembre de 2023 entró en vigor el Decreto 96 referente al «Protocolo de actuación ante situaciones de discriminación y situaciones de acoso en el ámbito laboral»: por primera vez la ley en Cuba protege a los trabajadores de la violencia laboral y aboga por un ambiente de trabajo inclusivo. Dicha normativa recoge el accionar en caso de discriminación, violencia y acoso en el trabajo, como una violación de los derechos humanos y del principio de igualdad laboral. Igualmente, vela por la salud sicológica, física y sexual de las personas.
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Por otro lado, también en noviembre de este año entraron en vigor los Decretos «Del Régimen Especial de Seguridad Social del Sector Agropecuario y Forestal» y «Del Régimen Laboral Especial de las Personas Privadas de Libertad que trabajan dentro o fuera de los Establecimientos Penitenciarios».
El primero amplía la cobertura de la seguridad social a todos los trabajadores cubanos, y según señala la ministra Feitó: «Tiene el objetivo de agrupar en un solo cuerpo legal, a todos los sujetos del sector agropecuario y forestal, protegiendo a aquellos que no reciben los beneficios del régimen especial de la seguridad social, ampliando la cobertura de los riesgos y homologando el tratamiento con el sector estatal».
El segundo se encarga de quienes cumplen sanciones penales en Cuba y «regula la relación jurídica de trabajo que se establece entre la persona privada de libertad apta y en disposición de trabajar y la autoridad penitenciaria para el desarrollo de una prestación laboral subordinada por cuenta ajena y remunerada; se aplica también a los que cumplen medida cautelar de prisión provisional en el sistema penitenciario cubano, y se excluyen las actividades que forman parte del proceso educativo en el establecimiento penitenciario».
Dos leyes ocultas
En octubre de 2023, el Consejo de Estado aprobó los decretos leyes «Sobre la Seguridad y Protección de la Información Clasificada y Limitada» y «Sobre el Desarrollo, la Aplicación y Uso de los Dispositivos de Protección Criptográfica y Servicios en la Esfera de la Criptografía en la República de Cuba». En ninguno de los dos casos se encuentra la información publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, y la que brindan los medios oficiales de comunicación no contempla siquiera el número de los decretos en cuestión.
Referente a la información clasificada, la nueva legislación representa una novedad respecto al Decreto-Ley por el que se regula la Seguridad y Protección de la Información Oficial, del 25 de noviembre de 1999.
En esta normativa, según explican medios oficiales, se establecen «las reglas para garantizar la seguridad y protección de información y datos en cualquier soporte que reflejen la actividad del Estado o información emitida por otra persona jurídica o natural, siempre que sea reconocida legalmente por el Estado cubano, cuando su divulgación o conocimiento no autorizado, alteración o no disponibilidad, le represente un riesgo, amenaza o daño».
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Ya en agosto de 2021, como consecuencia del estallido social del 11J, vio la luz el Decreto-Ley 35 que estipula el marco legal de las telecomunicaciones, las tecnologías de la información y la comunicación, así como el uso del espacio radioeléctrico. Dicho decreto va orientado al uso por parte de la ciudadanía de esas tecnologías y sanciona su empleo para «acciones contra la seguridad colectiva, el bienestar general, la moralidad pública y el respeto al orden público», categorías tan amplias como imprecisas que permiten al Estado castigar el disenso o el uso de las redes sociales para la acción colectiva.
Por ende, la nueva normativa que protege la información oficial forma parte del blindaje en materia de telecomunicaciones y seguridad que desarrolla el Estado cubano. Estas leyes y la oscuridad en torno a ellas, lejos de favorecer una transparencia que facilite un gobierno abierto, fortalecen a un Estado cada vez más encriptado, receloso con la información para con su sociedad civil.
En tanto, el segundo Decreto Ley en cuestión se refiere al uso de los dispositivos de protección criptográfica. Según informa el Ministerio del Interior, dicha regulación explicita «el ordenamiento del d