Panter Rodríguez Baró, uno de los integrantes del movimiento Clandestinos, continúa confinado junto a reclusos de alta peligrosidad, en el área 47 de la prisión Combinado del Este, en La Habana, denunció su madre a Radio Martí.
Rodríguez Baró, Yoel Prieto Tamayo y Jorge Ernesto Pérez García fueron identificados como integrantes del grupo que en enero de 2020, a manera de protesta, bañó de sangre bustos de José Martí y vallas de propaganda política principalmente en La Habana. Los tres fueron juzgados el 21 de diciembre de 2020 en la Causa 61 bajo los cargos de “difamación de las instituciones y organizaciones, de los héroes y mártires, con carácter continuado” y “de daños a bienes del patrimonio cultural”.
Rodríguez Baró fue condenado a 15 años de privación de libertad; Yoel Prieto a nueve años y Jorge Ernesto Pérez García a un año de cárcel, sólo por usar su teléfono celular para grabar y subir a las redes sociales las acciones del grupo.
La señora Esther Baró, denunció la situación a Radio Martí y señaló que en este momento, Rodríguez Baró tiene suspendidas las llamadas telefónicas.
“Lo tienen ahí en el 47, hace dos años y pico, casi tres años ahí y, ¡ya usted sabe!, le quitan el teléfono, se lo quitan todo, le tienen la vida hecha imposible allí, desde que entró, el 4 de marzo”, indicó.
Según la señora, a su hijo lo detuvieron el 6 de enero de 2020 junto a dos de sus amigos, y los mantuvieron bajo interrogatorio en las dependencias de Cien y Aldabó y en la sede de la Seguridad del Estado, conocida como Villa Marista, hasta el mes de marzo del mismo año en que Rodríguez Baró fue trasladado directamente a la tristemente célebre área 47 del Combinado del Este.
“De ahí no lo han sacado, donde están los ‘cadena perpetua’, donde están los asesinos, donde está ‘lo peor de lo peor’, ahí lo metieron a él, en una celda ahí, todo el tiempo […] desde el 4 de marzo él está ahí”, recalcó la mujer.
“Lo dejan llamar una vez a la semana, pero, ahora mismo, a él le tienen quitada la llamada por un mes, porque discutió con un guardia porque, ellos pueden hacer y deshacer y si usted les contesta, se le ‘prenden’ a usted y por cualquier cosa le quitan la llamada; ahora, el día 27, si no se la quitan, tienen visita”, expresó.
De acuerdo con Esther Baró, su hijo Panter “no mató a nadie, no asesinó a nadie, no ha hecho nada, simplemente, echarles la sangre a los bustos de Martí”, concluyó.
Varios artistas como Aldo el Aldeano, Silvito el Libre y Ana Olema han exigido insistentemente la libertad del preso con la etiqueta #FreePanter.
“Tú también eres un clandestino, ¿Tú estás dentro de la Isla? Tú puedes ser un clandestino, tú no tienes que hablar con nadie ni pertenecer a nada, callado para que nadie te chivatee pero tú si puedes salir para la calle y pintarle un cartel a esta gente sin que nadie lo sepa, tú solo. Clandestinos somos todos, Viva Cuba Libre y Libertad para todos los presos políticos”, expresó Aldo.
En enero de 2021 el Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH), con sede en Madrid, condenó “la desproporcionada sanción” a los miembros de Clandestinos.
“Esta es la condena más alta impuesta a un acusado en una causa con visos políticos desde la Primavera Negra de 2003. El OCDH condena este ensañamiento contra quienes disienten en Cuba. Advertimos que esta sanción ejemplarizante va en la dirección de la espiral represiva que hemos venido denunciando en los últimos meses”, afirmó Alejandro González Raga, director ejecutivo del organismo.
En su declaración criticó que Rodríguez Baró haya sido encarcelado junto a reclusos de alta peligrosidad, en un régimen de máxima severidad de la Prisión Combinado del Este.
“El condenado no ha cometido delitos contra la vida o la integridad corporal, ni ha intentado evadirse, ni ha cometido delito alguno en el cumplimiento de su sanción, ni es violento o agresivo”, apuntó el OCDH.
“Con esta acción, el gobierno cubano viola las Reglas Mínimas de Naciones Unidas para el tratamiento a los reclusos o Reglas Mandela, aprobadas en la Resolución 70/175 de la Asamblea General, el 17 de diciembre de 2015, en cuanto a someter a un recluso a tratos o penas, crueles, inhumanos o degradantes”, dijo González Raga.