La Habana, 25 sep.- Garantizar un amplio y no discriminatorio acceso de las personas sordas a la información en cualquier contexto, promover la educación bilingüe y la inclusión plena en la sociedad son algunos de los derechos que postula el Decreto-Ley De la Lengua de Señas Cubana.
Aprobada por el Consejo de Estado, el pasado día 16, la norma tiene como fin regular el reconocimiento y uso del idioma oficial de la Comunidad Sorda de Cuba, conforme a lo estipulado en la Constitución vigente desde 2019.
En su artículo 89, la Carta Magna obliga al Estado, la sociedad y las familias a proteger, promover y asegurar el pleno ejercicio de los derechos de estas personas, así como los principios constitucionales de igualdad y no discriminación.
Al valorar la importancia de legalizar la Lengua de Señas Cubana, la ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó, señala: “El Estado, la sociedad y las familias tienen la obligación de proteger, promover y asegurar el pleno ejercicio de los derechos de las personas en situación de discapacidad”.
A su vez, cumple con la recomendación formulada en el Informe Nacional presentado por Cuba como Estado Parte a la Convención sobre los derechos de las personas en situación de discapacidad, en 2019, sobre el reconocimiento de la Lengua de Señas Cubana como lengua