El 19 de agosto, la Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó el Decreto 107, el cual regula las actividades no autorizadas para las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), las cooperativas no agropecuarias y los trabajadores por cuenta propia; constituye una actualización de la lista de actividades publicadas en 2021.
El documento especifica que las nuevas regulaciones no se aplican a las mipymes estatales, ni a las organizaciones políticas, de masas y sociales.
Al mismo tiempo, el listado no incluye actividades ilícitas que ya se encuentran prohibidas en la legislación vigente, como es el caso de los delitos contra los recursos naturales, el empleo infantil, el trabajo forzado y otras.
Periodismo de Barrio responde algunas preguntas para comprender los cambios en las actividades no autorizadas, a partir del nuevo Decreto.
¿Cómo cambiaron las actividades prohibidas entre las dos listas?
En 2021, el país prohibió 123 actividades, las cuales para 2024 habían ascendido a 125. Sin embargo, esta cifra no implica que se hayan agregado solo dos actividades, sino que se modificó la forma de organizarlas: en algunos casos se agruparon por categorías, mientras que en el documento de 2021 se encontraban desagregadas. En la práctica, la regulación eliminó 6 actividades que se encontraban en el listado anterior y agregó 19 nuevas.
Los sectores con mayor variación fueron el de la industria manufacturera y el de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.
En el primero, se agregaron 4 actividades: producción de aguas minerales naturales; fabricación de calzado ortopédico especializado; reparación y mantenimiento de equipos médicos (electromedicina); e instalación de equipos médicos (electromedicina). Solo se removió una: fabricación de plaguicidas y otros productos químicos de uso agropecuario.
Por su parte, el segundo también incluyó 4 nuevas a