En 2023, la prisión provisional se aplicó a la mayoría de los imputados en Cuba, por lo que permanecieron tras las rejas a la espera de sentencias.
Así ocurrió en el 82 % de los expedientes de fase preparatoria (destinados a esclarecer delitos cuyo marco sancionador mínimo excede los tres años de privación de libertad). El dato corresponde con declaraciones que ofreció el 15 de julio de 2024 la primera coronel Moraima Bravet —jefa de la Dirección de Investigación del Ministerio del Interior (Minint)— a la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP).
Debido a que un único expediente puede incluir a más de un acusado —con medidas cautelares diferentes para cada uno—, se deduce que al menos uno de los imputados en «fase preparatoria» cumplió prisión preventiva.
Pero la privación de libertad como forma de aseguramiento no solo parece estar reservada de forma mayoritaria para los casos más graves, sino también para los delitos más simples (investigados mediante «atestados»). Los atestados responden a procesos de investigación dirigidos a esclarecer delitos cuyo marco sancionador no excede los tres años de privación de libertad.
En ese sentido, el sistema judicial recurrió a la prisión preventiva en el 57 % de los casos juzgados a partir de «atestados», según confirmó Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular (TSP).
La prisión provisional implica la reclusión en una cárcel hasta la celebración del juicio. Según la Ley 143/2021 del Proceso Penal, debería utilizarse de forma «excepcional» atendiendo a la «gravedad de los hechos» y a la «posibilidad de que se sustraiga u obstaculice la investigación, la instrucción, el juzgamiento o la ejecución de la sentencia».
Los cuerpos de represión cubanos han utilizado la prisión provisional para prevenir daños adicionales a las víctimas y a la sociedad (gravedad de los hechos) y para evitar la evasión de la justicia (sustracci