El Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) publicó el lunes 8 de julio de 2024 la Resolución 225/2024 en la que informan la exoneración de los aranceles y el tope de los precios máximos minoristas de seis productos que comercializan entidades privadas en Cuba (pollo troceado, leche en polvo, aceite (excepto de oliva), detergente en polvo, pastas alimenticias y salchichas).
Aunque una semana antes la viceministra de Finanzas y Precios Lourdes Rodríguez Ruiz y varias entidades aseguraron que la medida quedaba suspendida temporalmente porque era necesario un mayor estudio y concertación con el sector no estatal, la publicación en la Gaceta Oficial establece la entrada en vigor de los nuevos precios.
De acuerdo con la resolución, «en la formación de los precios minoristas de estos productos, los actores económicos reconocen hasta un 30 % de margen de ganancia sobre costos y gastos, siempre que no excedan los precios definidos en el referido Anexo Único».
El tope de precios que estableció el MFP para los productos vendidos por el sector privado quedó de la siguiente forma:
Pollo troceado: 680 CUP/kg
Salchichas: 1045 CUP/kg
Pastas alimenticias: 835 CUP/kg
Aceites comestibles (excepto de oliva): 990 CUP/litro
Leche en polvo: 630 CUP/kg
Detergente en polvo: 1675 CUP/kg
La normativa prohíbe el incremento en los productos que se venden a precios inferiores a los que establece el MFP a partir de la entrada en vigor de la resolución el 8 de julio de 2024.
La exención de aranceles no es una medida suficiente
Lourdes Rodríguez Ruíz explicó a varios emprendedores habaneros que Cuba eliminaría los impuestos arancelarios a los seis productos topados.
Según se conoció por el audio de la reunión a la que elTOQUE tuvo acceso exclusivo, la exención de aranceles estaba planificada para