El Gobierno cubano publicó el 6 de junio de 2024 el Decreto Ley 80 del Régimen Especial de Seguridad Social del Sector Agropecuario y Forestal. La norma unifica los regímenes de Seguridad Social vigentes para los productores agropecuarios y forestales, que deberán afiliarse con carácter obligatorio al nuevo régimen.
Hasta al momento de la publicación de la normativa, existían cuatro sistemas contributivos diferentes para los trabajadores del rubro. Algunos quedarán sin efecto luego de la entrada en vigor de las nuevas disposiciones y otros dejarán de ser aplicables al sector agropecuario.
Los sistemas estaban regulados en primer orden en los Decretos Leyes 297 y 298 de 2012, que normaban los regímenes de las cooperativas de producción agropecuaria (CPA) y de los usufructuarios, respectivamente. En segundo orden, el Decreto Ley 5 de 2020 establecía el régimen de Seguridad Social de los integrantes de las Unidades Básicas de Producción Cooperativa (UBPC). Por último, los agricultores pequeños propietarios de tierra y sus familiares tributaban según el sistema general de Seguridad Social contemplado en la Ley 105 de Seguridad Social y su reglamento —el Decreto 283—.
Los regímenes especiales de seguridad social mencionados variaban en su forma de financiamiento y en el alcance de la protección, en tanto dejaban fuera a ciertos trabajadores del sector agropecuario y forestal. Por otro lado, la protección que ofrecían no resultaba llamativa para muchos agricultores que preferían no adscribirse al régimen de Seguridad Social que le correspondía. En ese sentido, hasta julio de 2021, de acuerdo con el diario Granma, solo el 67.86 % de los 115 347 usufructuarios de tierra se habían afiliado a su régimen especial, pues preferían acogerse a un seguro de vida.
La normativa publicada incluye personas que antes estaban excluidas y concede un término de 90 días desde