Que todos los actores económicos, tanto personas naturales y jurídicas, posean pasarelas de pago o Terminales de Punto de Venta constituye un requisito indispensable para la prestación de servicios en las unidades de comercio.
A tono con la entrada en vigor de la Resolución 93 del pasado año del Ministerio de Comercio Interior, en Pinar del Río supervisan el cumplimiento de la normativa que concede posibilidades de pago electrónico a los clientes.
Desde el 2 de febrero del actual calendario se implementa el texto jurídico para quienes realizan actividades comerciales, objeto de inscripción en el mencionado Registro.
Incluye el comercio mayorista, ventas de mercancías, servicios gastronómicos y de alimentación social, así como la prestación de servicios comerciales y técnicos de uso personal y doméstico.
De ahí, que en la