MIAMI, Estados Unidos. – La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés) del Departamento del Tesoro de EE.UU. permitirá desde este martes a los emprendedores del “sector privado independiente” que sean ciudadanos cubanos, se encuentren o no en la Isla, abrir, mantener y usar remotamente cuentas bancarias en el país norteño.
De acuerdo con el comunicado de la OFAC publicado este martes, en la medida se incluyen las cuentas creadas a través de plataformas de pago en línea.
La entidad también sustituyó el término “trabajador por cuenta propia” por el nuevo término “emprendedor del sector privado independiente” para incluir no solo a propietarios o empleados de negocios privados o empresas unipersonales sino también a cooperativas privadas o pequeñas empresas privadas que sean propiedad exclusiva de dichos individuos.
La OFAC precisó que el término está limitado a cooperativas privadas, pequeñas empresas privadas y empresas unipersonales ubicadas en Cuba con hasta 100 empleados.
Asimismo, la entidad recordó que las nuevas medidas excluían a los funcionarios y miembros prohibidos del Partido Comunista de Cuba (PCC) previamente sancionados para, supuestamente, asegurar que no se beneficien de las acciones de EE.UU. destinadas a apoyar a los emprendedores del sector privado independiente.
Por otro lado, la OFAC restableció una autorización para transacciones “U-turn”, que son transferencias de fondos que se originan y terminan fuera de EE.UU. donde ni el originador ni el beneficiario están sujetos a la jurisdicción del país. La autorización para estas transacciones había sido eliminada en septiembre de 2019.
De acuerdo con el Departamento del Tesoro, la nueva medida está “destinada a ayudar al pueblo cubano, incluidos los emprendedores del sector privado independiente, facilitando remesas y pagos para transacciones en el sector privado cubano”.
Además de las medidas relacionadas con la apertura y uso de cuentas bancarias, la OFAC autorizó servicios que se incluyen en plataformas de redes sociales, como videoconferencias, juegos en línea y aprendizaje electrónico, traducción automática, mapas web y servicios de autenticación de usuarios.
Además, la entidad aclaró que las personas sujetas a la jurisdicción de EE.UU. pueden proporcionar servicios basados en la nube, como almacenamiento de datos remoto, servicio de transporte de datos, redes de distribución de contenido, máquinas virtuales, software como servicio e infraestructura como servicio, para apoyar servicios relacionados con el intercambio de comunicaciones en internet.
Asimismo, la OFAC amplió la autorización para servicios, incluidos aquellos de formación, para instalar, reparar o reemplazar artículos relacionados con la comunicación o el desarrollo de software que mejoren el flujo libre de información o que apoyen actividades del sector privado en Cuba. Asimismo, autorizó la exportación o reexportación de software y aplicaciones móviles de origen cubano desde EE.UU. a terceros países, lo que permitirá a los emprendedore