Los pensionados son quienes más sufren la crisis en Cuba. En específico, las personas de la tercera edad que han visto cómo sus magras pensiones cada día significan menos en un ambiente inflacionario que no se detiene. Por esa razón, la esperanza de un aumento de las pensiones es constante en ese sector de la ciudadanía.
Como parte del debate, algunos medios de prensa independiente aseguraron en días recientes que el Gobierno cubano actualizó la Ley de Seguridad Social. Según su interpretación, la norma actualizada tiene como objetivo captar fuerza de trabajo de personas jubiladas debido al empuje de las mipymes y a la crisis laboral desatada por la migración.
Sin embargo, no hay nada nuevo ni bueno para los jubilados en la reciente publicación de la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
¿QUÉ ES UNA NORMA ANOTADA Y CONCORDADA?
La noticia de la actualización de la Ley de Seguridad Social tiene su origen en la publicación —en la Edición Especial de la Gaceta Oficial del 16 de febrero de 2024— de una versión anotada y concordada del Reglamento de la Ley de Seguridad Social vigente en Cuba desde 2009.
Lo que entendieron algunos medios de prensa como una nueva modificación de la Ley de Seguridad Social no es más que la publicación «anotada y concordada» de su Reglamento.
Una norma «anotada y concordada» es una versión especial de una norma que puede incluir anotaciones y referencias cruzadas que facilitan su comprensión y aplicación. Pero, sobre todo, es una norma que incluye la totalidad de las modificaciones que fueron dispuestas en normativas jurídicas diferentes y dispersas.
Lo que aparece en la más reciente edición de la Gaceta Oficial es la publicación íntegra de la norma con el texto actualizado de las modificaciones que le fueron introducidas a través de otras normativas desde su entrada en vigor. Varias de las modificaciones —en específico, algunas de las que señaló la prensa independiente— datan de varios años.
¿MODIFICACIONES NUEVAS?
Por ejemplo, los medios señalaron que la normativa fue actualizada porque el Gobierno cubano entiende la contratación de jubilados como una medida para abordar la escasez de personal en diversas áreas del sector estatal. Los empleados abandonan el sector estatal (en el cual los salarios son mínimos) en favor de oportunidades laborales más lucrativas en el sector privado y en las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes). Puntualizaron, además, que la estrategia se implementa en un contexto de crisis migratoria que ha provocado la salida masiva de personas en edad laboral.
Las reformas del Reglamento —que en teoría respaldan la afirmación anterior— se centran en las modificaciones al artículo 33 de la normativa. Establecen que si las mujeres mayores de 60 años y los hombres mayores de 65, los pensionados por edad y con más de 30 años de servicio se reincorporan en un cargo distinto al que ocupaban al solicitar su pensión o en un puesto acorde a su perfil ocupacional recibirán la totalidad de la pensión y el salario correspondiente al nuevo cargo.
También se destaca —como evidencia de las recientes iniciativas del Gobie