El trabajo a distancia es una de las medidas que en la actualidad cubana constituye una protección a los trabajadores, pues estarán menos expuestos a riesgos y pueden seguir laborando y cobrando el 100 % de su salario, según las formas y sistemas de pago que se aplican en las entidades. El artículo 24 de la Ley No.116, Código de Trabajo de la República de Cuba, de 20 de diciembre del 2013, que establece el contenido de los contratos de trabajo, en el inciso e) prevé que se acuerda el lugar de trabajo, el que puede ser el domicilio del trabajador.
En el caso del teletrabajo, otra modalidad que regula el Código de Trabajo, se requiere contar con los medios necesarios para facilitar que el trabajador pueda laborar desde su domicilio, utilizando las tecnologías informáticas y la conectividad.
La modificación de las condiciones iniciales del contrato de trabajo se formaliza mediante suplemento, donde se acuerda la periodicidad para la entrega del trabajo y otras cuestiones de interés, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del Código de Trabajo, lo que permite un control efectivo del trabajo realizado.
Igualmente, se puede acordar la concertación de contratos de trabajo a tiempo parcial atendiendo a los requerimientos de la producción y los servicios, con una duración menor a la jornada diaria, en cuyo caso la remuneración es proporcional al tiempo de trabajo, según lo previsto en el artículo 27 de la mencionada disposición normativa.
Luego del estudio de estas dos modalidades de trabajo no presencial, vale recordar que fue el mes de abril de 2020, todavía en tiempos de COVID 19, el primero en que se cobró el 100% del salario, tal cual se estableció a partir de la vigencia de las OM- 414 y 455, de 1o y 7 de abril de 2020 respectivamente, dictadas por la Ministra de Trabajo y Seguridad Social. Ambas disposiciones normativas concedieron derechos a los trabajadores que la administración, a tenor del artículo 24 del Código de Trabajo, debió aplicar.
Estas disposiciones pueden aplicarse a las modalidades de trabajo a distancia y teletrabajo mediante la modificación de las condiciones iniciales del contrato de trabajo a través de un suplemento contractual, en el que puede acordarse la periodicidad para la entrega del trabajo y otras cuestiones de interés, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del propio Código, cuestión esta que permite un real y efectivo control del trabajo realizado, a todas luces auditable, en los meses y períodos subsiguientes.
Ante la situación que actualmente atraviesa el país en cuanto a las afectaciones al sistema electro energético nacional, a la transportación por la carencia de combustibles, entre otras situaciones complejas ¿por qué no se autoriza a más trabajadores el régimen legal del trabajo a distancia o el teletrabajo?
Uno de los factores que suele influir en esta resistencia por parte de las administraciones es el esquema mental de que el trabajador permanezca en una oficina sentado, aunque en ocasiones no tengan las condiciones necesarias para realizar su labor. Aún existen jefes que perciben que el teletrabajo o el trabajo a distancia, como presupuestos del régimen de trabajo, solo son aplicables a situaciones de excepcionalidad.
Sin embargo, sería muy útil y necesario desterrar el apego a viejos métodos en temas de Derecho del Trabajo. Si existen las condiciones demandadas y se acuerda entre empleador y empleado en el contrato, no hay violación alguna y se evitan ausencias, traslados largos y dificultosos, llegadas tardes, desaprovechamiento de la jornada, molestia. La presencia física no es siempre sinónimo de cumplimiento y, además, los nuevos tiempos requieren de la aplicación de ideas renovadoras, como tanto ha insistido el Presidente de la República de Cuba.
Su aplicación encuentra amparo en la legislación nacional sobre la materia y su implementación permite, además, reducir los gastos de la entidad en materia de alimentación, electricidad, agua, transportación, por solo mencionar algunos elementos, sin obviar que puede tributar al aumento de la productividad. Resulta preciso,