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Cambios en el sistema de pensiones en Cuba. ¿Cuánto cobrarán los jubilados a partir de 2024?

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El Consejo de Ministros modificó el artículo 195 del Decreto 283 —conocido como «Reglamento de la Ley de Seguridad Social»— a través de la publicación del Decreto 99 de 2023 en la Gaceta Oficial 1 de 2024. La modificación tiene un impacto directo en la manera en que las autoridades cubanas realizan el cálculo de las pensiones por edad e invalidez parcial.

Las pensiones por edad e invalidez se determinan en Cuba al calcular el promedio del salario mensual de los cinco mejores años de los últimos 15 laborados.

El sistema de cálculo se mantendrá inalterado. Lo que cambió desde el 4 de enero de 2024 (fecha en la que entró en vigor el Decreto 99) es el concepto «salario mensual» que manejarán las autoridades cubanas a los efectos del cálculo de las pensiones. 

La reforma que introdujo la normativa responde, a su vez, a los efectos de las medidas que «para el fortalecimiento del Sistema de Dirección y Gestión Empresarial Cubano» tomaron las autoridades cubanas en mayo de 2021.

Como parte de las medidas, el Gobierno suprimió los límites administrativos a la cantidad de salarios medios mensuales que la empresa estatal podía distribuir en concepto de utilidades entre sus trabajadores. Antes de la modificación de 2021, las empresas estatales solamente podían distribuir entre sus trabajadores las utilidades que les quedaban luego del pago de los impuestos —si habían cumplido los «indicadores directivos» establecidos por el Ministerio de Finanzas y Precios (MFP)— y hasta cinco salarios medios mensuales.

Asimismo, dentro del paquete de medidas implementado en mayo de 2021, las autoridades cubanas dispusieron que el dinero recibido por los trabajadores como parte de la redistribución de utilidades sería «utilizado como base de cálculo para las prestaciones de la seguridad social a largo plazo». Desde entonces —y a los efectos del cálculo de las pensiones— al salario básico de muchos trabajadores estatales se le sumó también los bonos que, en concepto de utilidades, recibieron antes de jubilarse o ser sujetos de peritaje médico.

Las medidas implementadas en mayo de 2021 beneficiaron a muchos trabajadores que laboraban en empresas estatales medianamente rentables. Sin embargo, al parecer —atendiendo a lo dispuesto en el Decreto 99— el beneficio terminó siendo una carga demasiado pesada para un Estado con un déficit fiscal que alcanza el 18 % del producto interno bruto (PIB) del país —como reconocieron las autoridades al cierre del año— y que ante la incapacidad de cubrir con los impuestos el costo de los servicios públicos necesita reducir sus gastos.

Una de las formas que ha encontrado el Estado para acortar gastos es la reducción de las pensiones de quienes podían beneficiarse con las medidas de hace apenas dos años —medidas que estaban dirigidas, en teoría, a incentivar a los trabajadores del sector estatal y a «seguir fortaleciendo la empresa estatal socialista» en función de que lograra desarrollar «todas sus potencialidades como figura fundamental» de la economía cubana —.

Las medidas de 2021 han demostrado ser gravosas en exceso. Resulta que, a la luz de lo dispuesto en uno de lo

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