A más de 32 500 000 millones de pesos asciende la deuda con el presupuesto del Estado identificada por la Oficina Nacional de Administración Tributaria (Onat) tras la realización de alrededor de 4 591 acciones de control contra el incremento de precios llevadas a cabo hasta el 16 de junio.
La información, emitida a través del portal tributario, indica que fueron fiscalizadas personas naturales y jurídicas de actividades cuyo desarrollo impacta en los precios de productos y servicios destinados a la población, como los panderos-dulceros, trabajadores de cafeterías, carretilleros, vendedores de producción agrícola en puntos de ventas y quioscos, productores-vendedores de artículos varios, poncheros, entre otros.
Los mayores adeudos fueron identificados en lo referido a la subdeclaración de ingresos (declarar y pagar menos de lo realmente obtenido), donde el monto asciende a más 23 500 000 millones de pesos, dinero que fue exigido ahora a los infractores.
En cuanto a las multas, que incluyen las que forman parte la determinación de deuda y las de talón aplicadas por el incumplimiento de deberes formales u otros motivos, lo debido es casi 7 400 000 millones de pesos. Mientras, lo contabilizado como recargo por mora superó el 1 500 000.
Las principales causas identificadas como incumplimientos de los deberes formales, de acuerdo con al ONAT, fueron no poseer la documentación establecida, desactualización de los registros contables, la no implementación del sistema de contabilidad establecida para los trabajadores por cuenta propia (TCP) y la obstrucción del proceso de fiscalización
También resultaron sancionadas 473 personas que se encontraban ejerciendo ilegalmente actividades de TCP.
La deuda fiscal determinada por la ONAT está compuesta por el tributo que debió pagarse o las subdeclaraciones; el recargo por mora que es una indemnización que exige el Estado por no recibir el ingreso en el momento previsto y cuyo monto depende del tiempo que haya transcurrido desde que culminó el plazo legal establecido para aportar la obligación; y la multa fiscal, que es también una sanción por no cumplir con la obligación de pago o el deber formal.
Tanto la Ley 113 el Sistema Tributario como los deberes formales pueden consultarse en la sección Legislación del Portal Tributario, indica la Onat.