MIAMI, Estados Unidos. – El Noticiero del Mediodía de este viernes transmitió fragmentos manipulados del juicio contra Luis Manuel Otero Alcántara y Maykel Castillo Pérez (Maykel Osorbo), celebrado los días 30 y 31 de mayo de 2022 en el Tribunal Municipal Popular de Centro Habana.
Las imágenes fueron transmitidas casi un mes después, el mismo día que la Fiscalía de la República de Cuba informó que Otero Alcántara y Castillo Pérez habían sido condenados a cinco y nueve años de cárcel, respectivamente.
Tras la lectura de la nota publicada este viernes por la Fiscalía, los presentadores del Noticiero del Mediodía dieron paso a un material de la periodista Gisela García Rivero, donde esta usó fragmentos manipulados del juicio contra los dos artivistas y otras tres personas juzgadas como parte de la misma causa (No. 12/2022).
Además de Otero Alcánatara y Castillo Pérez, los dos últimos días de mayo de 2022 fueron juzgados Félix Roque Delgado, Juslid Justiz Lazo y Reina Sierra Duvergel, por los supuestos delitos de ultraje a los símbolos de la patria, desacato, difamación de las instituciones y organizaciones y de los héroes y mártires, atentado, resistencia y desórdenes públicos.
En su reporte, García Rivero dijo que Castillo Pérez había reconocido “la profesionalidad del tribunal y de los abogados de la defensa”. Tras esas palabras aparecieron imágenes descontextualizadas del artivista ante el Tribunal mientras leía: “Cabe decir que las salas en su mayoría, en especial la Presidencia de dicho juzgado ha sido bastante profesional”.
Por otro lado, el material no contenía ningún fragmento de la comparecencia del líder del Movimiento San Isidro (MSI) ante el Tribunal.
García Rivero, citando a la Fiscalía, dijo que a Otero Alcántara no se le juzgaba “por su condición de artista ni por sus ideas políticas, sino por el rechazo y la indignación manifiesta de los testigos ante lo que consideraron irrespetuoso y denigrante uso de la enseña nacional en las fotos que difundió Alcántara entre 2019 y 2020”.
Asimismo, la vocera del régimen aseguró que los hechos que involucraban a los cinco ciudadanos juzgados el 30 y 31 de mayo no eran delitos contra la Seguridad del Estado. “Tipifican como delitos comunes y atentan contra el orden social, la tranquilidad ciudadana, el respeto a las instituciones y la jurisdicción de la nación”.
Este viernes se conoció que Otero Alcántara había sido encontrado culpable de los delitos de ultraje a los símbolos de la patria, desacato y desórdenes públicos; mientras que Castillo Pérez había sido condenado por los delitos de desacato, atentado, desórdenes públicos y difamación de las instituciones y organizaciones, héroes y mártires.
La Fiscalía indicó que ambas sentencias eran “resultado de los hechos probados y la participación de los acusados” en ellos.
La génesis de la sentencia contra Otero Alcántara estuvo en la performance “Drapeau”, en que el artivista intervino el espacio público utilizando la bandera cubana como prenda.
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