LA HABANA, Cuba.- Aunque todos sabemos que la principal misión, y casi la única, de los sindicatos oficialistas en Cuba es organizar a los trabajadores para que cumplan las directivas emanadas de las altas instancias del poder, el discurso castrista sigue insistiendo en que esos gremios representan los intereses de la masa trabajadora.
Mas, para que esa supuesta defensa de los trabajadores tenga lugar, es imprescindible el buen funcionamiento de los Convenios Colectivos de Trabajo, tal y como lo establece el Código del Trabajo, el documento más importante en materia laboral en el país.
Durante una reciente reunión del Comité Provincial de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) en la provincia de Cienfuegos se reafirmó “la significación del Convenio Colectivo de Trabajo para alcanzar la requerida actuación sindical en representación y defensa de los trabajadores, la aplicación del sistema de justicia laboral, y el establecimiento de los reglamentos disciplinarios en las relaciones laborales”.
Un momento decisivo en la confección del Convenio Colectivo de Trabajo lo constituye la negociación colectiva, que debe realizarse entre la administración y el sindicato, para posteriormente ser presentado y aprobado en una asamblea de trabajadores.
Sin embargo, no es un secreto que en muchos colectivos laborales esta negociación colectiva no es más que una mera fachada. En estos casos los Convenios son elaborados por el empleador, el abogado de la empresa, y si acaso también con la presencia del jefe de Recursos Humanos de la entidad. Después les comunican el contenido del Convenio a los trabajadores, quienes lo “aprueban” casi de oficio. Por supuesto, no hay negociación colectiva de ningún tipo.
En la ya referida reunión sindical en la provincia de Cienfuegos trascendieron una serie de fallas en torno al funcionamiento de los Convenios Colectivos de Trabajo. Fallas que, por cierto, no son privativas de este territorio. Se dijo que hay cuadros y dirigentes sindicales que no están claros de sus funciones, ni del papel que les corresponde desempeñar en la elaboración y chequeo de los Convenios; se habló de poca preparación de los sindicalistas para afrontar el proceso de la negociación colectiva; se aprecia en ocasiones la utilización de la legislación ya derogada; así como existe desconocimiento de los lineamientos generales para el sector de que se trate.
Entonces, si tenemos en cuenta estas ineficiencias en el funcionamiento de los Convenios Colectivos de Trabajo, que por ley ofician como el marco propicio para que los sindicatos desplieguen su hipotética labor en defensa de los trabajadores, no es difícil llegar a la conclusión de que esa defensa, en la práctica, es pura ficción.
A propósito, está por ver si los Convenios Colectivos de Trabajo en las empresas que planifican al final del año distribuir utilidades entre sus trabajadores han contemplado la inviolabilidad de este proceso.
Lo anterior se trae a colación debido a varios planteamientos de especialistas y dirigentes empresariales en el sentido de la supuesta inconveniencia de realizar estos pagos.
En un taller organizado por la oficialista Asociación Nacional de Economistas y Contadores de Cuba (ANEC), celebrado en el contexto de una Jornada Económico-Productiva desarrollada en días pasados, al hablarse acerca de la distribución de utilidades, se dijo que “la monetización de ese dinero como ingresos adicionales resulta estimulante para el colectivo laboral, pero también riesgoso en medio de un proceso inflacionario como el que vive la economía”.
De no tomar partido ahora los sindicatos oficialistas en favor de los trabajadores, en el sentido de que se viabilice el pago de las utilidades, se hundirían más estos gremios en el descrédito.
ARTÍCULO DE OPINIÓN
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