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Comité Contra la Tortura exige a Cuba respuestas y cifras sobre detenciones, interrogatorios y hostigamiento

El Comité Contra la Tortura de las Naciones Unidas (CAT por sus siglas en inglés), solicitó a Cuba “investigar, juzgar y, en su caso, sancionar” a los responsables del uso excesivo de la fuerza del 11 de julio de 2021.

A través de un informe, emitido este viernes, el Comité expresó su preocupación por las denuncias que documentan que durante las protestas ocurrieron actos violentos y que violan los derechos humanos como “golpizas, insultos, amenazas de carácter sexual, registros corporales integrales, aislamiento en celdas oscuras, uso de gas pimienta, exposición a altas temperaturas dentro de vehículos policiales, y abandono de personas retenidas en zonas remotas”.

Mitin de repudio frente a la casa de Yunior García el 14N


Mitin de repudio frente a la casa de Yunior García el 14N

El CAT pide a La Habana adoptar las medidas necesarias para prevenir y cesar las detenciones arbitrarias, actos de hostigamiento, intimidación, amenazas y descalificación de defensores de derechos humanos, periodistas, artistas y sus familiares; garantizar que los actos de hostigamiento, represión e intimidación sean debidamente investigados y los responsables sancionados; asegurar que todas las personas estén protegidas frente a la intimidación y la violencia a las que podrían exponerlas sus actividades o el ejercicio de sus libertades de opinión, expresión y circulación, así como sus derechos de asociación y reunión pacífica y establecer un mecanismo nacional independiente de protección de defensores de derechos humanos, periodistas y otros actores de la sociedad civil.

Un manifestante detenido en La Habana el 11 de julio, en las protestas contra el gobernante Miguel Díaz-Canel.


Un manifestante detenido en La Habana el 11 de julio, en las protestas contra el gobernante Miguel Díaz-Canel.

La Comisión solicitó “investigar cualquier posible responsabilidad de funcionarios públicos en la muerte de personas en custodia, y cuando corresponda, castigar debidamente a los culpables y proporcionar una indemnización justa y adecuada a los familiares” y lamentó que el régimen cubano no haya presentado “información estadística completa respecto de las personas privadas de libertad fallecidas durante el periodo de examen del Comité, que fueron en un promedio de 100 al año y cuya causa principal serían las enfermedades cardiovasculares, de acuerdo con la información facilitada por Cuba”.

Los expertos en derechos humanos que componen el Comité, expresaron su preocupación por la cantidad de juicios sumarios sin garantías al debido proceso y los de civiles que han sido juzgados por los tribunales militares, que “no ofrecen las garantías de independencia e imparcialidad requeridas por la Convención”.

Los expertos piden a Cuba que modifique las disposiciones del Código Penal con el propósito de poner fin a la detención con base en figuras penales subjetivas, vagas e imprecisas como la peligrosidad social predelictiva y la sedición.

El CAT recomienda al régimen de La Habana garantizar que “todas las personas detenidas cuenten, en la ley y en la práctica, con todas las salvaguardias fundamentales contra la tortura desde el momento mismo de su privación de libertad, incluidos los derechos a ser asistidas por un abogado sin demora, en particular durante las etapas de la investigación y los interrogatorios; a solicitar y tener un reconocimiento médico independiente; a ser informadas de sus derechos, los motivos de la detención y los cargos formulados en su contra; a ser inscritas en el registro del lugar de detención; a notificar inmediatamente su detención y el lugar de la misma a un familiar o a cualquier otra persona de su elección; a comparecer ante un juez sin demora; y a contar con recursos efectivos para impugnar la legalidad de su detención. El Estado parte deberá velar también por que se sancione a los funcionarios que no permitan a las personas privadas de libertad el goce de dichas salvaguardias fundamentales”.

Además indica que el régimen de Cuba debe adoptar medidas inmediatas para poner término a las prácticas coercitivas en los interrogatorios, incluyendo agresiones, incomunicación prolongada, aislamiento, exposición a cambios bruscos de temperatura y amenazas y que asegure en la práctica la inadmisibilidad de cualquier declaración obtenida mediante tortura.

Cuba dijo al Comité que los establecimientos penitenciarios se encuentran al 81 % de su capacidad, sin embargo no ofrece datos estadísticos oficiales y actualizados relativos a la población reclusa.

Por lo que el CAT muestra preocupación por las informaciones recibidas en las que se denuncian condiciones de detención inadecuadas, hacinamiento, insalubridad y falta de ventilación, atención médica deficiente, malnutrición, provisión insuficiente de agua potable y medicamentos, así como las informaciones que indican un elevado número de huelgas de hambre, y las denuncias sobre patrones de maltratos y tortura hacia los reclusos, que incluirían agresiones físicas y verbales, restricciones injustificadas del régimen de visitas, traslados a centros penitenciarios alejados de su entorno familiar y el uso prolongado de celdas de aislamiento.

Por lo que recomienda “velar por que se abra una investigación siempre que haya motivos razonables para creer que se ha cometido un acto de tortura o se han infligido malos tratos, e investigar restricciones arbitrarias o injustificadas de los derechos de las personas detenidas”.

ElComité lamenta no contar con datos estadísticos desglosados sobre el número de personas privadas de libertad, entre ellas aquellas sujetas a prisión provisional, y la poca transparencia del sistema penitenciario y pide a Cuba garantizar que la prisión provisional se utilice solo de manera excepcional y durante el menor tiempo posible, y sin exceder el período previsto por la ley. El Estado también debe contar con un registro actualizado de personas privadas de libertad, desglosado por nombre, sexo, edad, origen étnico o nacionalidad, condición de discapacidad, su situación procesal y el lugar de detención.

El informe menciona “las restricciones al ejercicio independiente de la abogacía puesto que únicamente los miembros de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos pueden ejercer la profesión en el Estado parte, salvo excepciones como la representación y dirección de determinados asuntos propios o de sus familiares por parte de juristas que no sean miembros de esa organización” y recomienda al Estado “velar por la plena independencia, imparcialidad y eficacia de la fiscalía general y del poder judicial, en particular asegurándose de que el nombramiento de los jueces se ajuste a las normas internacionales pertinentes”.

El CAT considera que Cuba debe asegurar también el respeto del derecho a la libre asociación y al ejercicio independiente de la abogacía, conforme a los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados.

El Comité observó con preocupación la persistencia de la violencia de género, las debilidades en el mecanismo de denuncia, y el insuficiente número de centros de acogida para víctimas.

“Al Comité también le preocupa la falta de legislación específica sobre violencia de género y las sanciones poco severas de las agresiones sexuales en el Código Penal. Sin embargo, se toma nota de que el proyecto de Código Penal incluiría como agravantes, cometer el delito como consecuencia de la violencia de género. Por otra parte, el Comité muestra su preocupación por la ausencia de datos estadísticos desglosados sobre la violencia de género en todas sus formas”, indica el informe.

Por otra parte, recomienda al régimen cubano establecer protocolos que regulen la actuación de las autoridades en una protesta social.

La entidad lamenta que todavía en Cuba no se haya establecido en el país una institución nacional de derechos humanos independiente, de conformidad con los Principios de París, cuyo mandato incluya la promoción y la protección de los derechos consagrados en la Convención.

El CAT pide la declaración de una moratoria formal de la pena de muerte en Cuba, con miras a su abolición futura.

El Comité dio un plazo hasta el 13 de mayo de 2023, para que Cuba ofrezca información sobre el seguimiento dado a las recomendaciones del Comité concernientes a la inspección independiente de los lugares de detención; los defensores de derechos humanos, periodistas y artistas; y los sucesos del 11 de julio.

Por otra parte, instruye a las autoridades cubanas a dar amplia difusión al informe y las recomendaciones a través de los sitios web oficiales, los medios de difusión y las organizaciones no gubernamentales.

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