En las dos entregas anteriores ofrecí información sobre cómo buscar programas de máster y financiamiento para ellos, así como las legalizaciones necesarias antes de comenzar el proceso de visado. Este texto concluye la serie con una explicación de los requisitos para solicitar un visado para estancia de larga duración por motivo de estudios, así como la posterior obtención de la Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE) en España.
¿Tienes todos tus certificaciones académicas, certificado médico y antecedentes penales legalizados? Muy bien, pero eso no es todo. Antes de pedir cita para visado, debes tener a mano los siguientes documentos:
Prueba de solvencia económica
Posiblemente sea el documento más problemático para los estudiantes cubanos, por eso le dedicaré algunas líneas.
¿Qué monto se ha de acreditar?
De acuerdo con lo indicado en el sitio web del Consulado de España en La Habana, el estudiante debe demostrar que mensualmente podrá disponer de fondos que representen no menos del 100 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Este indicador es una suerte de referencia de cuáles son los gastos indispensables de una persona al mes. De esta forma, el solicitante de visado debe demostrar que no será una carga para el Estado español una vez que comience sus estudios. Un estudiante, que viaje solo y no con su familia, deberá presentar fondos por no menos de € 6 778,8 para una estancia de un año. Si viaja con cónyuge y un hijo, la cifra asciende a € 15 252,36. El monto a presentar no se reduce en caso de que el acompañante sea menor de edad: una pareja sin hijos y un adulto solo con un niño deberán presentar exactamente la misma cantidad: € 11 862,96. La siguiente tabla lo resume:
Solicitante | Fondos mensuales que debe acreditar | Monto para estancia de un año en España |
Solicitante primario del visado para estancia de larga duración por estudios | Una cantidad que represente mensualmente el 100 % del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) = € 564,90 al mes. | € 6 778,8 |
Primer familiar | Una cantidad que represente mensualmente el 75% del IPREM = € 423,68 al mes | € 5 084,16 |
Familiares restantes (por cada cada uno) | Una cantidad que represente mensualmente el 50% del IPREM = € 282.45 al mes | € 3 389,4 |
Hay dos formas de reducir la cantidad de dinero a acreditar: tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que dure la estancia (ya sea a través de una beca de alojamiento, o habiendo pagado) o viajar como parte de un programa de movilidad (Erasmus, por ejemplo) que cubra estos gastos. Una tercera vía sería probar que el alojamiento lo provee una tercera persona (un familiar), pero en ese caso hay altas posibilidades de que la visa sea negada porque el Estado español no puede tener garantía de que esa persona no se arrepentirá luego de la oferta. Por eso no se aconseja optar por dicha vía. Además, es importante recordar que los montos anteriores son solo para acreditar solvencia durante la estancia; a ellos ha de sumarse el costo de la matrícula, que se computa de forma independiente.
¿Cómo probar la solvencia económica?
El Consulado de España en La Habana no admite la presentación de dinero en efectivo como prueba de solvencia económica para sufragar los gastos de viaje y estancia. El sitio web del consulado aclara que los fondos “deberán acreditarse como recursos propios del solicitante”. Esta oración es muy importante: la nómina, el certificado de trabajo o el certificado bancario debe estar a nombre del estudiante como condición para la solicitud de visado. En teoría, el consulado español debería aceptar cartas notariales de una tercera persona que patrocine al estudiante, pero he leído sobre varios casos de cubanos a los que les ha sido denegado el visado por esta razón, especialmente si dicha persona no vive en España (el Estado español no puede controlar si un pariente en Estados Unidos honrará su compromiso de pagar, ya que no está bajo su jurisdicción) o si no tiene lazos de parentesco con el estudiante (pareja o amigos en el exterior).
Lo recomendable es que la prueba de solvencia económica sea una cuenta bancaria a nombre de la persona que solicita el visado, preferiblemente en una moneda extranjera. Esto, por supuesto, supone un serio desafío en el caso cubano: depositar dólares o euros en un banco cubano hoy día significa no saber cómo se podrán retirar luego. Por otra parte, una cuenta en moneda nacional con el monto justo según la conversión oficial puede no ser suficiente: los funcionarios consulares españoles saben que el Estado cubano no está vendiendo euros a la tasa de cambio oficial, y que los precios se triplican en el mercado negro. Lo ideal sería que el solicitante tuviese una cuenta bancaria o un depósito a su nombre en un banco extranjero, pero esa posibilidad no está al alcance de todos. Lamentablemente, en el caso de este apartado, no hay una solución fácil.
Seguro médico
Como estudiante internacional en España, los estudiantes no tienen derecho a los beneficios de atención médica gratuita a través de la seguridad social, sino que deben contratar un seguro de salud privado. Este es uno de los documentos que exige el consulado español al considerar la solicitud de visado. No todos los seguros en Internet sirven: debe incluir cobertura sanitaria de hasta € 30 000, sin copagos, y garantizar la repatriación en caso de fallecimiento o enfermedad grave. Entre los seguros más conocidos están Sanitas, Adeslas y Swisscare, pero hay muchos otros. La universidad puede recomendarte algunas opciones adicionales.
Solicitud de visado nacional
El formulario en PDF se puede obtener en este enlace. Se debe leer bien cada apartado, pues no es necesario llenarlos todos: es el mismo formulario para todas las solicitudes de visado, por lo que los campos del 24 al 27 solo se completan en caso de solicitudes de reagrupación familiar o visados de trabajo. El apartado 28 es el que los estudiantes deben completar.
Carta de admisión
La universidad debe proveer al estudiante de un documento que confirme su admisión en el programa. La carta incluirá la siguiente información: titulación que se pretende obtener, la duración total de la actividad a realizar (fechas de inicio y finalización), la carga lectiva semanal y el horario de clases, la dirección postal, el número de teléfono y el correo electrónico del centro de estudios.
Comprobante de pago de matrícula o beca
No es necesario pagar la totalidad de la matrícula para solicitar el visado, pero sí una fracción de esta que represente no menos del 20 % del total. Como norma, las universidades dividen los pagos en tres o cuatro cuotas a pagar a lo largo del año escolar. Una vez efectuado el primer pago, el estudiante puede solicitar un documento que acredite el monto desembolsado, así como las fechas de los plazos, para entregarlo durante la entrevista de visado. Si has recibido una beca total, no es necesario acreditar ningún pago. Pero si la beca es parcial, deberás combinar el primer pago con el monto que se te descontará del total.
Reserva de vuelo
Aunque el sitio web del consulado español habla de “reserva”, lo que debes presentar en el momento de solicitar el visado es una pre-reserva. ¡No compres pasaje sin tener certeza de que se te concedió el visado! Las aerolíneas que vuelan a España te pueden facilitar ese documento sin costo alguno.
Otros documentos
Asegura que tu pasaporte tenga vigencia durante todo el período que durarán los estudios, así como las prórrogas necesarias. Y necesitarás llevar contigo a la cita de visado el título, los antecedentes penales y el chequeo médico legalizados, como expliqué antes.
Pedir la cita para el visado
Una vez que tengas todo, es hora de pedir cita al Consulado de España en La Habana a través de este enlace. Pero ¿quién dijo que sería fácil? El año pasado, las citas se solicitaban por correo electrónico. En la actualidad todas las citas se gestionan a través de un portal de reservas que solo abre durante 15 minutos: exactamente a las 7:15 p.m. todos los días. Es posible que tengas que intentarlo varias veces, hasta que lo logres. Y ten en cuenta que la cita disponible puede ser para dos o tres meses a partir de la fecha, de manera que aun si no tienes todos los documentos necesarios, te recomiendo que la reserves para que no se te haga tarde en el proceso.
El día de la cita
Llega temprano, incluso si tienes una hora específica para ser atendido. Eso garantiza que, si atienden rápido, estés ahí en caso de que pasen personas por adelantado. Lleva los originales de todos los documentos, y dos juegos de copias, además de dos fotos tipo visa. El costo de la solicitud de visado es de 1 820 CUP. El consulado solo acepta moneda nacional. ¡Mucha suerte!
Emisión del visado
Tras realizar la solicitud y la entrevista, el Consulado de España en La Habana tiene hasta 45 días para comunicar su decisión, aunque los casos suelen resolverse en unas dos semanas. Podrás monitorear el estatus de tu solicitud a través del sitio Consulta de Trámites Consulares, usando un código que te darán en la entrevista. Para añadir un poco de suspense (como si los estudiantes no llevaran meses estresados por todas las legalizaciones y plazos) el sitio no indica si la visa fue otorgada o no, solo que el caso está resuelto. Una vez que veas que el estatus aparece como “resuelto”, debes imprimir esa confirmación y esperar 72 horas, tras las cuales puedes ir al consulado a recoger tu pasaporte y ver si se te otorgó el visado o no.
¡Un detalle muy importante! Cuando te entreguen el pasaporte con el visado, revisa que incluya el Número de Identidad de Extranjero (NIE), pues lo vas a necesitar tras tu llegada a España.
Empadronarse en España y obtener identificación
¡Bravo! ¡Al fin llegaste a España! Pero los trámites no han terminado. Y es que el visado NO es tu permiso de residencia, sino la autorización para que viajes a territorio español y tramites allí tu permiso de estancia en la Delegación de la Policía de la ciudad donde te empadrones. Una vez que entras a España dispones de 90 días para regularizar tu estatus migratorio. ¿Cómo se hace? La buena noticia es que es mucho más sencillo que todo lo que tuviste que hacer en Cuba.
Paso 1: Empadronarte
Una vez que estés en la ciudad donde vas a vivir y tengas alojamiento, debes darte de alta en el ayuntamiento que te corresponda. Empadronarse significa que declaras que pasas a residir en España y para ello debes proveer un domicilio legal. Algunos ayuntamientos permiten realizar esta operación en línea; en otros debes solicitar cita y hacerlo de forma presencial. Vas a necesitar: formulario de alta (te lo provee el ayuntamiento), pasaporte, contrato de alquiler, y autorización de empadronamiento firmada por el dueño de la vivienda.
Paso 2: Solicitar tu Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE)
Una vez que tengas el Certificado de Empadronamiento debes solicitar cita para que te tomen las huellas y se emita tu TIE. Es un trámite en la Sede Electrónica de la Administración Pública. De entre los procedimientos que se ofrecen, debes seleccionar “Extranjería” y marcar la opción “Cita previa de Extranjería”. Si tu visado incluyó el NIE (lo más probable es que sí), selecciona la provincia donde estés, y en el apartado “Trámites Cuerpo Nacional de Policía” selecciona la opción de “Toma de huellas (expedición de tarjeta)”. Al momento de obtener la cita verás cuáles son los documentos que debes aportar, pero ninguno es nuevo: los tienes todos por los trámites anteriores. A partir del día de la cita, tu tarjeta de residencia estará lista en unos 45 días: ese es el documento legal que respaldará tu estatus migratorio mientras dure tu programa académico.
Solo me resta desearte una feliz estancia en España y que culmines tus estudios exitosamente.