La Gaceta Oficial número 14 (ordinaria) acaba de publicar el Decreto 62, que aprueba la creación de la Oficina del Conservador del Valle de Viñales.
El documento establece que en un plazo de 30 días posteriores a la fecha de su entrada en vigor, el gobernador provincial designe al director de la Oficina teniendo en cuenta el criterio del presidente de la Red de Oficinas del Historiador y del Conservador de las Ciudades Patrimoniales de Cuba.
Una vez elegido el director, este deberá presentar a la aprobación del Consejo Provincial de Pinar del Río, en un plazo de 60 días, la propuesta de límites de la Zona Priorizada para la Conservación.
Del mismo modo, tendrá que proponer al gobernador de Pinar del Río la organización funcional, estructural y de composición de la Oficina y sus unidades organizativas, las plantillas de los cargos, así como las necesidades de locales y presupuestos para poder cumplir su misión y funciones.
El Decreto 62 determina que en un plazo de 60 días el director de la Oficina del Conservador del Valle de Viñales debe presentar a la aprobación del gobernador el Reglamento Orgánico de la Oficina, una vez oído el parecer del presidente de la Red de Oficinas del Historiador y del Conservador de las Ciudades Patrimoniales de Cuba.
La misión, funciones y demás regulaciones de organismo se regirán por lo establecido en el Decreto 346 del 5 de marzo de 2018, «De las oficinas del Historiador o del Conservador de las ciudades patrimoniales de Cuba».
El Valle de Viñales es reconocido desde 1979 con la condición de Monumento Nacional. En 1999 fue inscrito en la Lista del Patrimonio Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco). Y en 2001 se le confirió la categoría de Parque Nacional.