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El largo camino de la ciudadanía, cada vez más arduo

No comprendo el entusiasmo de quienes ven en la denegación del permiso para la realización de la marcha de noviembre «una gran victoria contra el enemigo imperialista».

Oigo «argumentos»; no veo la victoria.

La negativa fue una elección de las autoridades entre dos alternativas: a) prohibir la marcha y quedar ante el mundo como un gobierno que pasa por encima de su propia Constitución; b) permitirla y prepararse para la eventualidad de aplicar la represión policiaca (también ante los ojos del mundo) contra potenciales desmanes de participantes…, o por la posibilidad de que se vuelva multitudinaria.

El gobierno escogió la primera opción, supuestamente menos riesgosa. Así de simple. No hay victoria en ello. Ni siquiera pírrica. Victoria habría sido encontrar una tercera opción respetuosa del artículo 1, que califica a Cuba como Estado de derecho. Faltó creatividad.

Algo de historia: El proyecto Varela

Sin pretender comparaciones, encuentro cierto paralelismo entre el Proyecto Varela y la actual situación. En ambos casos, personas inconformes con el actuar gubernamental (o, simplemente, contrarias al gobierno) hicieron uso de un derecho consagrado en la Constitución vigente; en ambos se les prohibió.

La Constitución de 1976 consagraba el derecho de iniciativa de leyes de los ciudadanos, si contaban con al menos diez mil firmas. En uso de ese derecho, un grupo de ciudadanos elevó al parlamento (2002) un documento al que denominó Proyecto Varela. Sus promotores planteaban algunos cambios en el sistema, no el cambio de sistema. Los cuatro elementos fundamentales eran: a) derecho a la libre expresión y asociación, b) amnistía, c) derecho a formar empresas, d) nueva ley electoral.

Camino (2)

Oswaldo Payá (derecha) fue el creador del Proyecto Varela.

La Asamblea Nacional rechazó el documento, por considerar que no contenía diez mil firmas. Una segunda presentación sobrepasó con creces la cifra (se afirma que fueron más de catorce mil), a pesar de no contar los organizadores con medios para la difusión del proyecto: Ni prensa nacional, como era de esperar, ni redes sociales, desconocidas por entonces.

Correspondía someter el documento a la consideración de los diputados. Dada la composición de la Asamblea Nacional, hubiera sido derrotado por unanimidad, pero la presentación en sí era ya un éxito.

Para no admitir la victoria del grupo opositor, el gobierno no aplicó la legalidad, sino la «acción de las masas». En tiempo récord se realizó un referendo que modificaba la Constitución (98,97% de votos a favor) con la afirmación de que el socialismo es irrevocable. El 100% de los diputados lo ratificó.

Una «aplastante victoria» contra la oposición. Pero…

a) El referendo no cumplió el requisito básico de cualquier referendo: No fue secreto. Se exigió al ciudadano declarar nombre completo, firma y número del documento de identificación.

b) La votación en la Asamblea Nacional no fue secreta, se realizó a viva voz.

c) Se paralizó el país durante tres días para que la población viera por televisión a los diputados identificarse uno por uno y realizar alocuciones de apoyo al resultado del «referendo».

Sumado lo dejado de producir durante tres días de sorpresivo asueto a los miles de personas movilizadas como aseguramiento del «referendo», más los insumos y la logística requeridos, aquella «victoriosa acción de masas» afectó la economía nacional tanto o más que cualquier bloqueo económico en ese lapso.

Pirro hubiera exclamado que con otra victoria así se quedaba sin reino.

La «nueva victoria»

Siguiendo la lógica usada contra el Proyecto Varela, en otros tiempos se hubiera convocado a una movilización de un millón de personas contra la desertificación en África o la colonización de la Luna. Para garantizarla se hubiera trasladado a la capital miles de personas de otras provincias.

Los tiempos cambian. Hay que ahorrar. Para impedir la marcha, las autoridades (inicialmente municipales; posteriormente el presidente de la República, los medios de difusión y las diversas instituciones) aludieron a los artículos 4 y 45 de la propia Constitución.

El artículo 4 afirma: «El sistema socialista que refrenda esta Constitución, es irrevocable». Pasando por alto la coma incorrecta y el hecho de que no pocos se preguntan si en Cuba existe realmente socialismo, no recuerdo en qué momento de la solicitud se afirma que el propósito de la marcha es revocarlo. Tampoco recuerdo que se llame a la intervención extranjera, como repiten quienes no la han leído.

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Por su parte, el artículo 45 establece: «El ejercicio de los derechos de las personas solo está limitado por los derechos de los demás, la seguridad colectiva, el bienestar general, el respeto al orden público, a la Constitución y a las leyes». En la negativa tampoco se cita la parte de la petición donde se llama a violar lo estipulado en ese artículo.

Las autoridades, pues, afirman que se violan artículos constitucionales, pero no aportan pruebas al respecto, ni reproducen el texto rechazado: El ciudadano debe realizar un acto de fe y creer en su palabra.

A los entusiasmos por la negativa se ha sumado alguna que otra persona versada en leyes. Allá ellas con su conciencia. A mí, desde mi ignorancia, me preocupa que se pueda considerar violación del artículo 45 de la Constitución hacer valer el derecho de expresión para algo que no sea apoyar al gobierno.

Ignorante, me pregunto: Si un grupo se reúne para exigir que la cuota de leche para los niños se extienda hasta los diez años, y no como establece el decreto correspondiente, ¿viola el artículo 45?, ¿la manifestación sería ilegal?, ¿exigir modificar el sistema de cuotas podría considerarse un llamado a revocar el socialismo?

Si grupos asentados en Miami declararan que apoyan dicha manifestación, y exhortaran a que más personas, en más lugares de Cuba, realicen reclamaciones similares, ¿se podría afirmar que la manifestación por leche para los niños es una maniobra anexionista, auspiciada por mercenarios al servicio del enemigo imperialista?

Por fin, ¿quién ganó o perdió?

Al negar el permiso, insisto, el gobierno no ganó nada; optó por una de dos opciones posibles, y perdió la oportunidad de mostrarse creativo y respetuoso de la Constitución. Por su parte, quienes lo solicitaron, aunque no ganaron, nada perdieron, pues la negativa estuvo siempre entre las posibilidades.

Son otros los vencedores y los perdedores:

Vencen quienes se oponen a cualquier intento de reconciliación, diálogo y discusión pacífica en Cuba. Pierden quienes desean el acercamiento entre cubanos de dentro y de fuera, al margen de ideologías y tendencias, en aras de mejorar el país y la situación de su gente, sin menoscabo de nuestra identidad nacional.

Tal es el saldo inicial de esta confrontación.

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Vencen quienes se oponen a cualquier intento de reconciliación, diálogo y discusión pacífica en Cuba. (Foto: Yamil Lage/AFP)

Lo que ha quedado demostrado con este pulso entre promotores de la marcha y gobierno es algo archisabido: Un principio inserto en el articulado constitucional es letra muerta si no se emiten a tiempo las leyes que lo ponen en vigor. En ese sentido, el artículo 56 ha sido también el gran perdedor: Está condenado a muerte.

Tal vez los promotores de la marcha de noviembre desistan. Tal vez persistan, modifiquen cualquier afirmación que sirva de pretexto para otra negativa, y hagan patente su rechazo a supuestos apoyos de quienes, en realidad, apuestan por su fracaso. O tal vez agreguen una demanda más, y exijan la promulgación de la ley sobre el derecho a la libre expresión y la libre manifestación.

¿Una manifestación para exigir la ley complementaria del artículo 56 podría considerarse maniobra enemiga?

Para finalizar

El camino a la ciudadanía en Cuba es largo y cada vez más arduo. No seremos ciudadanos mientras impere la idea de que unas personas son sujeto de derecho y otras no.

El Estado debe proteger por igual a todos los ciudadanos, incluidos quienes no lo apoyan. Pretender que los derechos constitucionales valgan para unos y no para otros es una aberración jurídica.

Afirmar que reclamar derechos consagrados por la Constitución es inconstitucional suena a chiste o esquizofrenia.

En un Estado de derecho todas las personas tienen todos los derechos, salvo los casos previstos por la ley; esto es, salvo quienes los tengan limitados por tribunal competente, en juicio efectuado con todas las garantías procesales.

Proclamar lo contrario es abogar por la ilegalidad.

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