La Habana, 5 oct (Prensa Latina) Cuba cuenta hoy con una nueva Cartera de Oportunidades para la Inversión Extranjera en su territorio conformada por 678 proyectos, 175 más que la precedente, la cual fue aprobada por el Consejo de Ministros.
Actualmente el país dispone de 429 proyectos con directivas aprobadas, listos para ser pactados, y 56 en la Zona Especial de Desarrollo Mariel (ZEDM), creada para generar exportaciones, promover la sustitución de importaciones y propiciar la transferencia de tecnologías y habilidades, referidas a la gerencia de transacciones.
En esos momentos ese enclave, ubicado en el norte de la provincia de Artemisa, a 45 kilómetros al oeste de La Habana, tiene aprobados 59 negocios, de los cuales 34 están en operaciones y seis en fase de reinversión tras terminar su contrato.
Los bocetos de la nueva cartera de oportunidades responden a ejes estratégicos del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta 2030: la transformación productiva e inserción internacional, recursos naturales y medio ambiente, infraestructura y los potenciales humano y de ciencia, tecnología e innovación.
En su explicación, Malmierca detalló que desde el punto de vista territorial ese paquete de negocios está distribuido entre todas las provincias y, por primera vez, la producción de alimentos es el sector de mayor representación.
Sobre el tema, el primer ministro Manuel Marrero llamó la atención sobre la necesidad de potenciar la inversión extranjera de una manera más dinámica para impulsar la economía y el desarrollo del país, siempre bajo el principio de la soberanía nacional.
‘Es necesario darle la prioridad que lleva este asunto en los niveles superiores de dirección, cada cual con el papel que le corresponde’, destacó.
La inversión extranjera en Cuba está amparada legalmente por la Ley 118 de 2014 que regula el acceso a financiamiento externo, tecnologías y nuevos mercados, la inserción de productos y servicios nacionales en cadenas internacionales de valor y la generación de otros efectos positivos en su industria doméstica y en el crecimiento de la nación.
En el artículo 11.1 esa norma jurídica establece que esta actividad puede ser autorizada en todos los sectores, con excepción de los servicios de salud y educación a la población, así como las instituciones armadas, salvo los sistemas empresariales de esas tres ramas.
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