Una solicitud de libertad para estudiantes universitarios detenidos tras el levantamiento del 11 de julio contra el régimen de Cuba, fue entregada este jueves en la Fiscalía General.
El documento fue presentado a nombre de “estudiantes, profesores, egresados y ciudadanos”, y su contenido se publicó en la página de Facebook “Reclamo al Ministerio de Educación Superior por los estudiantes detenidos”.
Los solicitantes se amparan en el artículo 53 de la Constitución, que según refieren los “legitima como ciudadanos a solicitar y recibir del Estado información veraz, objetiva y oportuna”. Por esa razón, se dirigen a la Fiscalía General de la República y a su titular, la Fiscal general Yamila Peña Ojeda, para expresar “profunda preocupación por la situación procesal irregular en que se encuentran algunos ciudadanos cubanos, después de la ola de arrestos llevadas a cabo durante la semana 11/7-18/7”.
Denuncian que, en ciertos casos, los detenidos “no cuentan siquiera con la edad legal mínima para ser imputados penalmente, (…) un punto nada despreciable a tener en cuenta por parte de la institución a la hora de valorar la actitud de las fuerzas del orden durante los correspondientes operativos policiales”.
También defienden que la Carta Magna “reconoce, respeta y garantiza a las personas la libertad de pensamiento, conciencia y expresión (ex art. 54)”. Piden “que se conceda la libertad inmediata de los estudiantes detenidos en las fechas y por los hechos antes señalados, aun si esto se hiciera de forma provisional, en tanto no se esclarezcan de forma indubitada las cuestiones de forma y fondo que provocaron los arrestos”.
Solicitan “que se transparente de inmediato” los procesos judiciales ante los familiares de detenidos y la opinión pública. Además, que dada “la minoridad de los detenidos, se les dispense un tratamiento diferenciado que vaya más allá de las garantías procesales penales que establece la legislación homónima y que al amparo de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, (…) prevalezca el interés superior del menor y se les dispense, de ser necesario, asistencia psicológica a fin de contrarrestar los daños (…) que toda esta situación les ha provocado”.