La ley del destierro: recuento de las prohibiciones de entrada a Cuba
MIAMI, Estados Unidos. — La activista Anamely Ramos, integrante del Movimiento San Isidro (MSI), se sumó miércoles a la extensa lista de ciudadanos cubanos a los que el régimen de la Isla ha prohibido la entrada al país.
Como ya ha ocurrido en otras ocasiones, fue la propia aerolínea —en este caso American Airlines— la que notificó a la opositora que no podría abordar el vuelo de regreso por orden expresa de las autoridades cubanas.
Se trata de un modus operandi empleado por la dictadura a contracorriente del derecho internacional y que, en algunos casos, ni siquiera encuentra respaldo en las leyes cubanas.
Javier Larrondo, presidente de la ONG Prisoners Defenders, recordó que el caso de Anamely no es excepcional, ya que ha ocurrido con decenas de miles de personas en Cuba.
El filántropo cubano-español recordó que las prohibiciones de entrada al país por razones de índole política están codificadas en el artículo 24.1 de la Ley de Migración de Cuba (Ley No. 1312), que contempla el impedir la entrada a cualquier ciudadano catalogado como “indeseable”.
“Esto es lo que hacen con todos los que ellos llaman ´desertores´, que los declaran como abandono de misión e inmediatamente después los declaran como emigrados y, además, como indeseables, de forma que no pueden entrar en ocho años”, argumentó Larrondo.
El presidente de Prisoners Defenders explicó que la negativa de entrada al país se aplica a discreción de las autoridades, sin importar el nombre o la condición migratoria de la persona sancionada.
“Les declaran indeseable y directamente no pueden entrar en Cuba. Esto mismo que les pasa a los ´desertores´ le está pasando a Anamely. Y es Gracias a la Ley de Migración, que tiene los dispositivos necesarios para que Cuba impida la salida e impida la entrada a quien le dé la soberana gana”.
El Artículo 24.1 de Ley de Migración indica que, “a los efectos de la entrada al territorio nacional, resulta inadmisible toda persona que se encuentre comprendida en alguno de los supuestos siguientes:
a) Tener antecedentes de actividades terroristas, tráfico de personas, narcotráfico, lavado de dinero, tráfico de armas u otras perseguibles
b) Estar vinculado con hechos contra la humanidad, la dignidad humana, la salud colectiva o perseguibles en virtud de tratados internacionales de los que Cuba es parte.
c) Organizar, estimular, realizar o participar en acciones hostiles contra los fundamentos políticos, económicos y sociales del Estado cubano.
d) Cuando razones de Defensa y Seguridad Nacional así lo aconsejen.
e) Tener prohibida su entrada al país, por estar declarado indeseable o
f) Incumplir las regulaciones de la Ley de Migración, su Reglamento y las disposiciones complementarias para la entrada al país.”
(Captura de pantalla)
La abogada Laritza Diversent, directora de Cubalex, aseguró a CubaNet que el caso de Anamely Ramos tiene el agravante de que la activista todavía mantiene la residencia permanente en Cuba.
“No conozco ningún caso de residentes permanente a los que se le haya negado la entra al país anteriormente, porque evidentemente es una violación. El gobierno cubano no puede dejar a sus ciudadanos en situación irregular. Se trata de un procedimiento totalmente ilegal en el cual la aerolínea también estaría implicada”.
Diversent recordó que la negativa de entrada al país ya había sido aplicada en otros casos, como el de Karla María Pérez González, periodista cubana residente en Costa Rica, pero con la particularidad de que los ciudadanos sancionados anteriormente ya habían emigrado, por lo que habían perdido la residencia permanente en la Isla.
Recientemente, también le fue negada la entrada a Cuba al pelotero cubano Lisbán Correa, acusado de haber incumplido su contrato con la Federación Cubana de Béisbol (FCB). El exjugador de Industriales viajó a La Habana procedente de Panamá, pero fue devuelto al país canalero, desde donde viajó de regreso a México, país en el que también tenía residencia.
El 15 de noviembre de 2021, las autoridades cubanas negaron la entrada al país a la activista y opositora cubana Rosa María Payá Acevedo y al influencer Alexander Otaola, quienes tenían la intención de viajar a la Isla para participar como “observadores” en la Marcha Cívica por el Cambio prevista para ese día.
En octubre de 2017, Ofelia Acevedo, madre de la propia Rosa María Payá y viuda del líder opositor cubano Oswaldo Payá Sardiñas, fue forzada por el servicio de emigración de la Isla a abordar un avión rumbo a Miami luego de que se le comunicara que tenía prohibido entrar a su país.
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