Desde la entrada en vigor de la Resolución 93 (diciembre de 2023) y hasta el cierre de abril de 2024, el Ministerio de Comercio Interior (Mincin) realizó más de 8 000 acciones de control para detectar incumplimientos relacionados con la obligatoriedad de desplegar y permitir el uso de mecanismos electrónicos de pagos en los establecimientos comerciales del país. El dato lo expuso Betsy Díaz Velázquez, ministra del ramo, durante una comparecencia en el programa televisivo Mesa Redonda el 23 de mayo de 2024.
La ministra informó, además, que las medidas de control no han sido suficientes porque existen territorios donde el enfrentamiento es pobre, lo que permite que persistan las denuncias de la población contra establecimientos estatales y privados. Destacó casos críticos dentro del sector estatal. A saber: los mercados agropecuarios y la Cadena Cubana del Pan —en los cuales los niveles de «despliegue» y «uso» de los medios electrónicos para la compraventa son prácticamente inexistentes—.
A pesar de haber reconocido que los incumplimientos de lo dispuesto por el Mincin abarcan todos los sectores de la economía cubana, el «combate» y el «rigor» que la ministra exige parece dirigirse principalmente hacia el sector «no estatal» de la economía. Muestra de lo anterior fue el cierre temporal de 476 establecimientos no estatales y la cancelación de 380 licencias entre diciembre de 2023 y abril de 2024.
VAN POR MÁS
Además del cierre y la cancelación de licencias, la ministra informó que han aplicado multas y que con anterioridad otros altos funcionarios del Mincin habían amenazado con la posibilidad de decomisar los bienes de los establecimientos que incumplieran con lo establecido en la Resolución 93/23. Pero las medidas no son suficientes para Díaz Velázquez, quien reconoció que las multas que pueden imponer van desde 25 a 100 CUP (lo cual en el contexto actual no contribuye de forma eficiente a evitar los incumplimientos).
Por esa causa, la titular del Mincin dijo que estaban trabajando en la modificación del Decreto 184 de 1993 para imponer sanciones mucho más severas. Habló de aumentar exponencialmente el monto de las multas y de disponer que el cierre temporal de los establecimientos sea por un tiempo determinado y no solo hasta que los dueños o gestores implementen los medios de pago electrónicos.
LAS CONTRADICCIONES
Las declaraciones de la ministra dejan varias interrogantes. La primera: ¿son legales los cierres temporales, las multas y las cancelaciones de licencia que fueron impuestas a quienes no han cumplido con lo establecido en la Resolución 93/23?
La Resolución 93/23 establece que los negocios del país (estatales o privados) tenían hasta el 2 de febrero de 2024 para implementar «las facilidades de pago por las pasarelas nacionales o terminales de punto de venta». Regula en su Disposición Transitoria Única que la medida a aplicar a quienes incumplan con el requisito es la «suspensión de la actividad que realizan», lo que podría equivaler al cierre temporal de los establecimientos.
Pero la normativa no establece que podrán aplicarse multas o cancelaciones de licencias a quienes no «desplieguen» o «usen» los medios electrónicos de pago. Sin embargo, Díaz Velázquez insistió en que las multas y los cierres de establecimientos están amparados en lo establecido en el Decreto 184 de 1993. El decreto data de más de 20 años y está dirigido a regular la inscripción de diferentes actores económicos en el Registro Central Comercial. Norma algunas contravenciones que pueden imp