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Las Mpymes se aprobaron ¿y ahora cuál es su desempeño?

Después de un largo bregar en el contexto de la crisis económica cubana, al fin apareció la Gaceta Oficial No. 94 Ordinaria de 19 de agosto de 2021 del Ministerio de Justicia, donde se define el establecimiento de las Mpymes en la economía insular.

¿Porque ahora y no antes su puesta en marcha? ¿Quiénes la frenaron durante tan largo tiempo si el aval político lo tenían ya? Son de las cosas que nunca nos dirán, o no sabremos, solo queda la imaginación, como tantos otros temas de la realidad nacional.

En abril de 2016, durante el VII Congreso del Partido Comunista de Cuba, se había presentado la Conceptualización del modelo económico y social cubano de desarrollo socialista. Dos párrafos mencionaban el tipo de empresas que deberían existir. El 181 se refería a: «Pequeños negocios realizados en lo fundamental por el trabajador y su familia». Y el 182 detallaba: «empresas privadas de mediana, pequeña y micro escalas, según el volumen de la actividad y cantidad de trabajadores, reconocidas como personas jurídicas».

El 8 de abril de 2021, el VIII Congreso del Partido aprobaba la Actualización de la conceptualización del modelo económico y social de desarrollo socialista. Ahí se vuelve a reconocer la propiedad privada sobre los medios de producción y se da luz verde a las personas naturales cubanas para crear micros, pequeñas y medianas empresas privadas, que fueron reconocidas como personas jurídicas.

Pero no fue hasta el 6 de agosto del 2021 que el Consejo de Estado aprobó los decretos-leyes que dieron luz verde a la creación de las Mpymes y a la ampliación de las cooperativas y del trabajo autónomo, para su posterior publicación en la Gaceta Oficial.

Una sucinta historia de la necesidad de ese tipo de empresa, especialmente la privada, fue publicada por algunos académicos desde el Centro de Estudios de la Economía Cubana, sobre todo desde los 90’s, en pleno Período Especial.

Sobresalen entre ellos los siguientes textos:

  1. (1998) «La pequeña y mediana empresa cooperativa o privada en Cuba: viabilidad o utopía». Donde se planteaba la necesidad de las pymes (pequeñas y medianas empresas) en la economía desde una perspectiva histórica y, en segundo lugar, exploraba las potencialidades y las alternativas institucionales (forma cooperativa, capitalista, semi pública, otras formas mixtas) de este tipo de empresas en aquel contexto de reestructuración de la economía en el Período Especial.
  2. (2012) «El desarrollo de las pequeñas y medianas empresas en Cuba: Una necesidad impostergable», donde se explicaba que, además, no era algo novedoso en la realidad nacional, si se tenía en cuenta que antes de 1959 lo que prevaleció en Cuba fueron las microempresas, las pequeñas y las medianas empresas.
  3. (2012) «Apertura al cuentapropismo y la microempresa, una pieza clave del ajuste estructural». Se exponía ahí que la categoría «trabajador por cuenta propia» era muy específica y ello frenaba la iniciativa individual. Que sería preferible una lista de categorías generales que dieran espacio a otros cuentapropistas y microempresarios. Se afirmaba que las actividades permitidas eran poco intensivas en conocimiento y no permitían aprovechar la inversión en educación que había hecho el país por décadas.
  4. (2016) «Cuba en 2030: el papel de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en la aspiración al desarrollo». Las principales reflexiones del trabajo eran que las actividades aprobadas por el Gobierno para ejercer las actividades por cuenta propia hasta la fecha, eran insuficientes y no habían tenido en cuenta el potencial profesional con que cuenta Cuba; que sería provechoso el crear un Banco de Desarrollo u otras instituciones financieras de microcrédito, especializadas en atender el segmento de mercado de las mpymes, y que en la nueva ley de empresas a  promulgarse en el 2022, apareciera un acápite que fomentara el establecimiento de conexiones entre la empresa estatal y las mpymes.
  5. (2017)  «Small and Medium Sized Enterprises in Cuba: A Necessary Step», en el cual se insistía en la aprobación de una vez de las necesarias pymes para el incremento de ciertas producciones.
  6. (2020) «Las micro, pequeñas y medianas empresas en el desarrollo: ¿Cuba y su espera?». Se lamentaba de que en el país no se hubieran desarrollado las pequeñas y medianas empresas, a pesar del aval político que poseían y del hecho de que, aun al estar incluidas en la conceptualización del modelo económico aprobado por el Partido Comunista de Cuba (PCC) en 2016, no se les había dado prioridad en la política industrial en curso.

Una parte de la opinión pública y académica tenía el convencimiento de que en todos esos años la aprobación de las mpymes no avanzó por conflictos ideológicos en el seno del PCC y del Estado acerca del papel del sector privado en su modelo de sociedad.

El desacuerdo condujo a la inconsistencia y discontinuidad de las políticas económicas y a la obtención de magros resultados económicos. Si ese tipo de empresas hubiera logrado muy rápidos efectos en las comunidades donde están enclavadas, habrían permitido mejorar el empleo a nivel local por vía extensiva, o sea, generar nuevos empleos especialmente para los jóvenes con el consiguiente aumento de ingresos a esa población, y tal vez los jóvenes emprendedores no valorarían la opción migratoria.

Como dijera más de una vez el colega Pedro Monreal, la legalización de las pymes privadas fue, por amplio margen, el «eslabón perdido» del programa oficial de cambios económicos en Cuba.

La realidad es que al fin se aprobó la Gaceta Oficial No. 94 Ordinaria de 19 de agosto de 2021, que contiene seis Decretos Leyes del Consejo de Estado y un decreto del Consejo de Ministros, más diecisiete resoluciones de diferentes ministerios, en calidad de documentos rectores que permitirán obtener los resultados que la economía cubana espera de ellos. Valga decir que su contribución para incrementar producciones de bienes y servicios será posible si no se entorpece su funcionamiento.

Por fin las personas naturales cubanas pueden constituir una empresa del tamaño que expresa el Decreto ley, bajo la forma jurídica de sociedad de responsabilidad limitada (SRL)

En la legislación aprobada aparece el artículo 5.4, que expresa: «Las mipymes como sujeto de derecho contratan bienes y servicios como los demás sujetos reconocidos en la legislación vigente, en igualdad de condiciones y les son aplicables las disposiciones vigentes en la materia». Esto es muy positivo pues las colocaría en igualdad de condiciones con el resto del tejido empresarial.

El artículo 6  define que las mipymes tienen, como parte de su autonomía, las facultades siguientes:

  • Exportar e importar de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
  • Gestionar y administrar sus bienes.
  • Definir los productos y servicios a comercializar, así como sus proveedores, clientes, destinos e inserción en mercados.
  • Operar cuentas bancarias y acceder a cualquier fuente lícita de financiamiento.
  • Definir su estructura, plantilla y cantidad de trabajadores.
  • Determinar los ingresos de sus trabajadores respetando los mínimos salariales establecidos en la legislación laboral vigente; entre otros.

El artículo 48 aclara que pueden ser socios de las mipymes de propiedad privada las personas naturales residentes permanentes en Cuba, mayores de dieciocho años, lo cual en sí ya anulaba a las personas físicas cubanas no residentes en la Isla; es decir, a los cubanos que viven fuera; en concreto, a la emigración. Niega entonces la posibilidad a las mpymes privadas de establecerse directamente como empresas mixtas o cualquier modalidad similar.

Las actividades que podían realizar las micro, pequeñas y medianas empresas privadas, las cooperativas no agropecuarias y los trabajadores por cuenta propia, son aquellas consideradas lícitas, con excepción de las incluidas en el listado de actividades no autorizadas que están dentro del Clasificador Nacional de Actividades Económicas. Es decir, hay diecinueve secciones de ese clasificador que tipifican las prohibiciones.

Es ahí donde creo que se dejaron de aprovechar reservas importantes de la sociedad. Existen actividades que por razones evidentes deben ser reguladas en esta etapa inicial; pero hay otras que se encuentran limitadas en exceso, con la agravante de que se descartan las mayores potencialidades intelectuales del país; es decir, los profesionales (sobre todo los jóvenes), que tendrán que seguir buscando en la emigración una forma de reconocimiento a su capacidad de trabajo.

Mpymes

Hay actividades, como la arquitectura, que se encuentran limitadas en exceso, con la agravante de que se descartan las mayores potencialidades intelectuales del país.

En unos ocho meses —después de la aprobación del primer grupo el 29 de septiembre del 2021— Cuba transitó, de no tener empresas privadas a tener más de 3.375 para finales de mayo del 2022. Puede decirse que fue la luz verde a su creación, pero aún están cargando con muchos tropiezos iniciales. En un contexto con bajo crecimiento económico, un mercado mayorista insuficiente —en moneda local y libremente convertibles—, y compras que deben hacerse en el exterior, en moneda extranjera que el estado no le facilita a los emprendedores y estos deben adquirir en el mercado informal, entre otros factores.

El 29 de septiembre del 2021 se aprobaban las primeras treinta y cinco Mpymes, de ellas treinta y dos privadas en once de las quince provincias. Del total, trece eran de producción de alimentos, seis de manufactura, tres de reciclaje y otras tres incubadas en el Parque Científico y Tecnológico de La Habana. Por su origen, veinte eran una reconversión de trabajadores por cuenta propia y otras quince de nueva creación.

Debería producirse un mayor apoyo a las localidades más vulnerables para la concreción de pequeñas y medianas empresas a lo largo del territorio nacional, porque es lógico  que en el despegue estarían en mejores condiciones las que mejores estaban, especialmente el grupo más grande por territorio a nivel de Mpymes que se encontraba en La Habana y en ciertas capitales provinciales.

Como promedio, en los negocios aprobados el cincuenta y siete por ciento corresponde a la reconversión de emprendimientos de trabajadores por cuenta propia que ya existían, mientras el cuarenta y tres por ciento son de nueva creación. Esto significa que, aunque las reconversiones implicarían un mayor nivel de actividad, se trata de algo que ya funcionaba (Cafeterías o Restaurantes), en tanto lo nuevo deberá ser visible de cara al público, ya que aún no se ven los resultados en términos de mayor volumen de producción y en reducir la inflación existente. El estado está intentando favorecer a los empresarios privados con una tasa de cambio más favorable respecto al cambio informal para las compras de sus insumos en las tiendas en MLC, que podría repercutir en bajar algunos precios de ventas. El tiempo dirá la conveniencia de esa propuesta.

Hasta el 25 de mayo del 2022 se habían aprobado treinta y tres grupos de solicitudes, que abarcan más de 3200 empresas, entre micro, pequeña y mediana, siendo el grupo más numeroso el de las pequeñas empresas de hasta diez trabajadores. N o se incluyen las cooperativas.

Mpymes

Total de MPYMES aprobadas por el Ministerio de Economía y Planificación, por grupos de aprobaciones.

Resalta que una gran parte de esas empresas ya autorizadas a funcionar,  se encuentra en el grupo de las pequeñas, es decir hasta treinta y cinco trabajadores. Aunque se mantiene la aprobación de las medianas empresas que pueden llegar hasta cien trabajadores.

En la información analizada no aparecen desglosados por tipos los grupos 1, 2, 5, 7, 8 y 10. Del resto de los grupos se puede observar que el veinticuatro por ciento corresponde aproximadamente a las microempresas con menos de  diez trabajadores, el cuarenta y nueve por ciento a las pequeñas, y un veinticinco por ciento a las medianas, que pueden llegar hasta cien trabajadores.

Mpymes

Una parte importante de las nuevas empresas privadas se dedica a los servicios, en primer lugar la gastronomía; le siguen servicios de construcción, reparaciones varias (equipos electrónicos, ordenadores, relojes, equipos de refrigeración, maquinaria, programación informática), y están también la transportación de pasajeros y carga.

En el caso de la producción, se destacan las empresas de materiales de la construcción, y las dedicadas a fabricar artículos de plástico, madera, metales, caucho, jabones y detergentes.

Una de las prioridades del país, la producción de alimentos, está representada en ciertos negocios de elaboración y conservación de carnes, incluido el pescado; conservación de frutas, legumbres y hortalizas; producción de lácteos y miel.

La constitución y desarrollo de nuevos actores-agentes económicos, como parte de un proceso que deberá crecer, necesitaría urgentemente de correcciones y adecuaciones.

¿Lecciones a tener en cuenta?

Las Mpymes deberán actuar bajo nuevas concepciones de dirección y gestión que abarquen el diseño del producto, la adquisición de medios para la producción, la calidad del mismo; de manera que lo haga competitivo con niveles crecientes de personalización del consumidor, entre otros aspectos.

Deben encaminarse los esfuerzos en la utilización del recurso humano altamente escolarizado que tiene Cuba y dársele la atención especializada a las empresas en las que se haga un mayor uso del conocimiento. Ello evitaría la descalificación de un capital humano que está emigrando hacia esferas donde se obtienen mejores ingresos, pero de poca calificación. Incluso, podría frenar la emigración al exterior, tanto para países con mayor nivel de desarrollo que Cuba como de menores niveles de desarrollo en América Latina.

Debería ofrecerse más apoyo para la creación de las Mpymes a los territorios vulnerables del país, especialmente en aquellas medianas empresas que son las que generan empleos, e incluso, proponer políticas de condonación de impuestos en los dos primeros años de creación de las empresas, con el propósito de que se consoliden y generen empleos, que es una de las aristas principales de estas entidades.

Es sumamente provechoso crear un Banco de desarrollo u otras instituciones financieras de microcréditos, especializadas en atender dicho segmento de mercado, y hasta pertenecer, o aceptar que actúen en Cuba, instituciones de microcrédito que operan a nivel internacional.

La legislación en ciernes sobre política industrial o sobre la ley de empresas —a aprobarse en 2022—, debe fomentar el establecimiento de conexiones entre la empresa estatal y las Mpymes, de forma tal que estas pudieran intervenir en alguna fase del proceso de producción con vista a la exportación.

Las autoridades cubanas han emprendido acciones para hacer crecer el segmento de las Mpymes en el mercado insular, pero aún quedan vacíos. Hasta que el país no avance hacia un mayor bienestar de su población, y se sustituyan las palabras «esfuerzo» por «resultados medibles», y que esa concreción se logre con un único tejido empresarial, no podremos valorar la aceptación de las Mpymes en términos de resultados.

Todavía el pasado reciente pesa en las mentes de los agentes privados. Apenas dos años atrás se criminalizaba a los emprendedores privados y se le decomisaban sus negocios, esa realidad deberá ser cosa del pasado, pero debe legislarse para que no vuelvan a ocurrir tales desaciertos.

Sin un mercado real y garantizado de insumos de materias primas (mayoristas), con pocas relaciones con la exportación o importación de materias primas o producto final, sin una tasa de cambio justificada para estos empresarios que acuden al mercado informal y sin una claridad de lo que el gobierno se refiere cuando establece que «no se permitirá la concentración de la riqueza», resulta muy difícil que este tipo de empresas contribuya al desarrollo económico que se desea a futuro.

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