CIUDAD DE MÉXICO.- A finales de mayo circuló la noticia de que diecisiete médicos cubanos fueron detenidos en el estado de Táchira, Venezuela, cuando pretendían cruzar la frontera del país hacia Colombia. Así lo anunció el Dr. y activista Miguel Ángel Ruano Sánchez en redes sociales, lo cual fue confirmado posteriormente por este medio.
Según la misma fuente, varios de la galenos cubanos serían obligados a regresar a Cuba, donde pueden ser sancionados, y otro grupo podría correr la misma suerte por no resultar “confiables”.
Cuba ha sido denunciada sistemáticamente por las prácticas abusivas y contrarias a los derechos humanos y laborales que da el gobierno a los profesionales que exporta. Este episodio se suma a una larga trayectoria de malos tratos y violaciones que siguen sufriendo cubanas y cubanos bajo el régimen de esclavitud moderna al que son sometidos. ¿Tiene el gobierno cubano jurisdicción fuera de sus fronteras para apresar a estos trabajadores y forzarlos al retorno? Sobre ello CubaNet conversó con Giselle Morfi y Alain Espinosa, abogados del centro de asesoría legal Cubalex.
“Lo más importante es remarcar que el gobierno de Cuba no tiene ningún tipo de competencia ni jurisdicción para realizar detenciones fuera de la isla”. Es decir, según explica Espinosa, la detención de los médicos fue totalmente ilegal. Además, constituye una violación del gobierno cubano y del venezolano, que la permitió y apoyó.
“En este caso el derecho violado es el de transitar libremente, entrar y salir de cualquier país”, especifica. Aunque los galenos han denunciado que estas detenciones las encabezan agentes de la Seguridad del Estado que viajan en las delegaciones, los encarcelamientos en territorio bolivariano deberían ser ejecutados por autoridades del país sede. Con la condición de que antes se haya cometido un delito tipificado en su legislación. Abandonar un contrato laboral cubano no aplica para ello.
El abogado de Cubalex añade que este nuevo hecho constituye una violación al derecho a la libertad consagrado en el artículo tres de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y una forma de esclavitud. “Tal persecución imposibilita a estos médicos a ejercer su derecho de solicitar asilo político, tal y como se establece en el artículo 14 de dicha declaración”.
Otra de las denuncias compartidas por Ruano, quien se comunica con varios de los médicos cubanos en Venezuela, es que “los amenazan con el artículo 176.1 del (nuevo) Código Penal, con hasta 8 años de privación de libertad”, escribió en sus redes. ¿Qué regula específicamente ese artículo?
“Hay una conducta típica establecida en el nuevo Código Penal, que aún no entra en vigor, pero que se encuentra vigente en la actual Ley 62 de 1987, y que implica a un funcionario o empleado público (el caso de los médicos, salvo que tengan cargos que los convierta en funcionarios) que esté cumpliendo una misión en otro país y la abandone” explica Morfi.
La norma refiere que, aunque haya finalizado “la misión” si se niega a regresar cuando se lo requieran puede ser sancionado entre 3 a 8 años de privación de libertad. “La negativa puede ser expresa o tácita. En el caso de los médicos cubanos, si no manifestaron su negativa rotundamente y solo huyeron del lugar para cruzar la frontera, estamos en presencia de la negativa tácita de regresar”, aclara la experta.
Además, otra conducta que se tipifica en el punto dos del artículo, sancionable con la misma cantidad de años, es que ese médico, cumpliendo misión en Venezuela y contra la orden expresa del gobierno cubano, se traslade a otro país.
En resumen, la jurista asegura que en Cuba pueden apresarte por haber incumplido un simple contrato laboral, a pesar de que los incumplimientos contractuales no deben generar otra responsabilidad que no sea laboral, administrativa o económica, pero no penal. “El Estado cubano criminaliza conductas que por su naturaleza no son delictivas”, concluye Morfi. Actualmente a los que abandonan estos acuerdo no se les permite entrar al país en ocho años.
Sobre este artículo, Alain Espinosa opina que es totalmente contrario al derecho a la libertad que le asiste a todas las personas. “A eso hay que sumarle la falta de definición porque legalmente estos médicos no estarían en una misión, sino bajo el cumplimiento de un contrato laboral”.
También recalca que esos contratos son nulos por naturaleza. “En su gran mayoría se realizan tras obligar a los trabajadores a que renuncien a muchos de los derechos que le asisten en el plano laboral. Con lo cual se estaría violando el principio de irrenunciabilidad que rige el derecho laboral. Todo contrato realizado en violación a este principio esta viciado desde el inicio”
Los médicos cubanos han denunciado que les quitan pasaporte, no los dejan salir, incluso que los tienen detenidos para evitar fugas. ¿Puede el gobierno castrista actuar de este modo, desde la legalidad?
Giselle Morfi: “El gobierno viola derechos fundamentales y para esto no hay justificación. Hay derechos que no son absolutos, la libertad de movimiento es uno de ellos, pero ningún gobierno puede restringirlo de manera arbitraria como es este caso. Para restringir un derecho fundamental, que en principio tiene la obligación internacional de respetar y garantizar, debe pasar el análisis del caso en concreto por varios filtros. Con estos se valora no solo que el límite al derecho esté previsto en una ley, sino que esa ley debe ser clara y precisa.
“Quitarles el pasaporte y no dejarlos salir ya es una forma de control bárbara hacia estas personas que están en un estado extranjero. Además, el hecho de tener detenidos a algunos pudiera ser una evidencia de la complicidad entre los gobiernos”.
¿Por qué puede considerarse esclavitud moderna el régimen al que son sometidos?
Giselle Morfi: “Estamos hablando de personas que se creen dueñas de la libertad de otras y que para eso crean leyes injustas con castigos que significan mayor pérdida de libertad.
“Hay muchos testimonios de médicos y otros profesionales que cuentan que viven en condiciones horribles de higiene, alimentación, persecución, vigilancia. También pueden padecer constante riesgo para su vida e integridad física y desprotección. Solo tienen algo seguro y es la prohibición de salir cuando gusten y a donde quieran.
“Una parte de estos profesionales exportados, conociendo las condiciones infrahumanas en las que trabajarán, se ve obligada a aceptar la misión porque es sometida a amenazas, intimidaciones y chantajes por parte de autoridades que abusan de su poder. Otra, porque no tienen claridad y se van engañadas con la ingenua idea de mejorar económicamente.
“Esas personas son esclavas, son objetos, productos, una mercancía con la que los gobernantes cubanos lucran mucho y pagan sus deudas. A eso se le llama esclavitud por deuda”.
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