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Soberanía nacional y del pueblo e independencia económica en Cuba

El concepto soberanía tiene una connotación eminentemente jurídica y política. En su Teoría del Estado, Hermann Heller define a un Estado como soberano cuando ejerce el «poder supremo, exclusivo, irresistible y sustantivo» dentro de su territorio. El tal sentido «el Estado, como organización territorial soberana, es creador supremo de las normas y tiene el monopolio del poder de coacción física legítima (…)».

Tanto el referido autor como Stefan Kaiser —en su artículo «El ejercicio de la soberanía de los Estados»—, aclaran que «la soberanía es independiente de la forma de gobierno de un Estado». A tenor con ello, se puede ejercer la soberanía desde un Estado democrático o desde una dictadura.

En la dictadura, como en el caso particular de la autocracia —poder del autócrata—, la soberanía se ejerce de arriba hacia abajo; mientras en las democracias suele ejercerse de abajo hacia arriba, aunque es sabido que existen distintos niveles de democratización de las sociedades.

Por lo general, en las constituciones modernas de países democráticos se declara que la soberanía reside en el pueblo y que de él dimana todo el poder del Estado. Sin embargo, para hacer realidad este precepto, resulta imprescindible que existan mecanismos que garanticen que ese poder pueda ser ejercido de forma efectiva. En unos casos de forma directa y en otros a través de representantes.

En este último caso se impone la necesidad de diferenciar cómo se eligen y si se pueden revocar esos representantes a partir de una acción popular legal y pacífica, establecida en las Constituciones, como es el caso de la recolección de firmas de los electores encaminada a revocar a ciertos mandatarios antes de concluir sus períodos o a partir de elecciones periódicas.

Soberanía

Hermann Heller

Cuba fue la última de las colonias de Hispanoamérica en obtener su independencia. (1) El ideal independentista se había forjado a la par de la conformación de la nación cubana y había conducido al desarrollo de diversos movimientos independentistas en el siglo XIX, que tuvieron su máxima expresión en las tres guerras de independencia de 1868-1878, 1880-1881 y 1895-1898.

Un elemento significativo y diferenciador de las gestas independentistas cubanas con sus similares latinoamericanas fue la importancia de la organización civil republicana, que llevó a la proclamación de Constituciones y a la creación de un Gobierno Civil de la República en Armas.

Como es sabido, la independencia de la Isla fue retrasada por la intervención estadounidense en la guerra contra España en 1898. La firma del Tratado de Paz de París entre ambos gobiernos, excluyó a la República de Cuba en Armas.

El 20 de mayo de 1902 nació la República de Cuba, con una Constitución fruto de una Asamblea Constituyente elegida en 1900 y a la que, sin embargo, se le impuso el grillete de la Enmienda Platt, adoptada por el Congreso de los Estados Unidos en 1901.

Ella limitaba ciertamente la soberanía nacional porque establecía el dominio estadounidense sobre la Isla de Pinos —hoy llamada de la Juventud—, autorizaba la cesión o arrendamiento de tierras para el establecimiento de bases navales o carboneras estadounidenses, permitía a ese país intervenir militarmente en el nuestro «para la conservación de la independencia cubana, el mantenimiento de un Gobierno “adecuado” para la protección de vidas, propiedad y libertad individual (…)», e incluso, limitaba la posibilidad de que el gobierno cubano realizara tratados con otros Estados que significaran el asiento de esos poderes en porción alguna del territorio.

En la práctica, el nuevo Estado no era plenamente soberano, tal y como se verificó con la segunda intervención estadounidense, entre 1906 y 1909. No obstante, a pesar de estas limitaciones y de la frustración del ideal auténticamente independentista, la inauguración de la República, evidenció el fracaso del ideal anexionista, que había existido como una de las corrientes políticas durante el siglo XIX y primeras décadas del XX.

La lucha por la soberanía sobre Isla de Pinos fue un clamor popular en las primeras décadas de existencia republicana. Finalmente se logró en 1934, con la firma del Tratado de Relaciones entre Estados Unidos y Cuba, que sustituyó al de 1903 y aseguraba al país norteño mayores beneficios arancelarios para un universo mayor de productos del que se beneficiaba Cuba; además, mantenía el derecho del poderoso vecino a disponer de la base naval de Guantánamo.

La Revolución del 33, a pesar de haberse ido «a bolina», como escribió Raúl Roa, sentó las bases para el fortalecimiento de la soberanía nacional cubana, así como para la transformación política del país, a partir de la aparición de un espectro político mucho más diverso al existente en décadas anteriores. Esa realidad se constató en la conformación de la Asamblea Constituyente de 1939-1940, que produjo la Constitución del 40, en aquella época una de las más progresistas de América Latina, sobre todo en lo referido a derechos políticos y sociales.

En su Artículo 2 se estableció que la «soberanía reside en el pueblo y de este dimanan todos los poderes públicos». Esa soberanía se planteaba no solo a través de los Derechos Fundamentales, sino también de la capacidad de elección libre, mediante sufragio universal directo y secreto de hombres y mujeres, del presidente y vicepresidente, los miembros del Congreso de la República, gobernadores, alcaldes y concejales municipales.

Mientras tanto, el sistema establecía una independencia de poderes que podían ejercer contrapeso entre ellos y evitar la preeminencia de uno sobre los otros. Adicionalmente, establecía la figura del Tribunal de Garantías Constitucionales independiente de todos los poderes, para determinar la constitucionalidad de las leyes.

La historia política de los doce años posteriores (1940-1952), resulta muy interesante e ilustrativa del desarrollo de la conciencia nacional independentista, democrática y nacionalista en Cuba; si bien persistía una fuerte relación de dependencia respecto a los Estados Unidos. Adicionalmente, en esos años, la economía progresó notablemente, aunque se mantuvieron la exclusión social, las desigualdades y la pobreza, especialmente en el caso del campesinado sin tierras.

El golpe de Estado de Batista, el 10 de marzo de 1952, puso fin a esa experiencia democrática cubana, cuya recuperación fue uno de los principales objetivos del movimiento revolucionario que llegó al poder en 1959 que, sin embargo, no restauró dicha Constitución a pesar de que hacerlo era parte del llamado «Programa del Moncada».

Soberanía nacional y del pueblo en la experiencia del Socialismo Real

El triunfo de la Revolución Cubana significó la indudable recuperación de la soberanía nacional y la independencia política respecto a los Estados Unidos. La política de nacionalizar propiedades estadounidenses enfrentó al proceso revolucionario con aquel gobierno, que decidió aplicar medidas de coerción económica y llegó a la ruptura de relaciones diplomáticas, así como al financiamiento y apoyo directo a movimientos contrarrevolucionarios y de oposición.

La ruptura con Estados Unidos facilitó el acercamiento —que luego se trasformó en alianza política y económica—, con la Unión Soviética y significó el establecimiento, desde arriba, de un sistema socialista similar al predominante por entonces en la URSS, los países de Europa Oriental que pertenecían al bloque soviético, China, Corea del Norte y Vietnam del Norte.

Aunque las relaciones especiales con la Unión Soviética fueron muy profundas, no significaron la pérdida de la soberanía nacional, aun cuando la dependencia económica respecto a Estados Unidos se sustituyó por la de la URSS. La economía insular dependió del trato preferencial otorgado al azúcar en términos de precios, indexándolos a los del petróleo soviético; así como de los suministros de combustibles, materias primas y maquinarias procedentes de la URSS y otros países del Consejo de Ayuda Mutua Económica (CAME); así como de recursos financieros en forma de «ayuda económica».

Tan alta dependencia provocaría más adelante la más grave crisis económica en Cuba, entre 1990 y 1994, al desaparecer el campo socialista. El producto interno bruto se contrajo en más de un tercio de su nivel en 1989, y se derrumbaron tanto la industria como la agricultura, con efectos muy negativos sobre el nivel de bienestar de la sociedad, al punto de golpear la viabilidad de beneficios que resultaron de la política social adoptada desde el principio de la Revolución.

El sistema socialista había tardado diecisiete años en institucionalizarse, y lo hizo a través de la Constitución de 1976. Esta norma abandonó la formulación de que la soberanía residía en el pueblo, y en su artículo 4 estableció que «todo el poder pertenece al pueblo trabajador que lo ejerce por medio de las Asambleas del Poder Popular y demás órganos del Estado (…)». Es decir, ese poder ya no podía ejercerse directamente.

De hecho, el pueblo trabajador elegía directamente únicamente a los delegados municipales, si bien años después se modificó la ley electoral para establecer asimismo la elección directa de diputados a la Asamblea Nacional, pero mediante listas únicas, elaboradas por «comisiones de candidatura».

Esta norma legal introdujo en su Artículo 5 el carácter dirigente del Partido Comunista respecto a la sociedad y el Estado. Por otra parte, una enmienda que fue aprobada en 2002 por la Asamblea Nacional estableció el carácter «irrevocable» del socialismo como sistema político y social, lo que evidentemente privaba al pueblo trabajador de decidir soberanamente el sistema político, económico y social que considerara más conveniente.

En el Artículo 3 de la nueva Constitución de 2019 se reitera la formulación de la soberanía del pueblo: «del cual dimana todo el poder del Estado», y se aclara que el pueblo la ejerce directamente o por medio de las Asambleas del Poder Popular. Sin embargo, no son establecidos mecanismos a través de los cuales se pueda ejercitar esa soberanía de forma directa.

En realidad, la referida Ley de leyes mantiene la elección indirecta de todos los cargos ejecutivos del país, así como la elección de diputados a través de listas únicas confeccionadas por «comisiones de candidatura» que, claramente, excluyen a candidatos independientes.

Soberanía

Conserva también el Artículo 5, que otorga al Partido Comunista la condición de «fuerza política dirigente superior de la sociedad y del Estado». Ello contradice la hipotética soberanía del pueblo, del que asevera igualmente la Constitución dimanan los poderes del Estado. En realidad, los poderes del Estado dimanan del Partido Comunista, y específicamente de un pequeño núcleo de su dirigencia.

Por demás, los Artículos 4 y 229 ratifican el carácter irrevocable del sistema socialista, lo cual es una limitación evidente a la soberanía del pueblo. La nueva Carta Magna incluye asimismo el contrasentido de que la constitucionalidad de las leyes es determinada no por un tribunal independiente sino por la propia Asamblea Nacional, que es el órgano encargado de legislar. Entonces, el legislador es, al mismo tiempo, quien determina la constitucionalidad de las leyes.

Soberanía e independencia económica

En las más de seis décadas de existencia del Socialismo Real en Cuba, se ha reivindicado una mayor soberanía política del Estado —aunque la base naval de Guantánamo permanece en manos estadounidenses en contra del gobierno de la Isla y de una parte considerable de la población cubana—, (2) no solo sobre el territorio nacional sino también en lo referido a su política interna y exterior.

Sin embargo, en la misma medida se ha deteriorado la soberanía del pueblo, a pesar de que ella constituye un precepto constitucional. No existen mecanismos reales que aseguren la participación de la ciudadanía en las decisiones que afectan su bienestar; no posee el derecho a elegir directamente a sus gobernantes a nivel nacional y territorial; y se carece de mecanismos de control por parte de la sociedad respecto a la gestión de los funcionarios públicos o de los administradores de la propiedad pública.

Los sucesos acaecidos el 11 de julio de 2021, y una serie de acontecimientos ocurridos antes y después, demuestran que los derechos individuales y políticos consignados en la Constitución pueden ser obviados por el Estado y la fuerza pública cuando, a criterio de los gobernantes, se produzca «una práctica abusiva de los derechos constitucionales». La anterior formulación probablemente no tenga igual en el resto del mundo, a pesar de que la Constitución define al Estado cubano como «socialista de Derecho y justicia social (…)».

Mientras tanto, desde hace décadas resulta cuestionable el grado real de soberanía e independencia económica de la nación. Ciertamente, Cuba ejerce soberanía sobre sus recursos naturales, y si bien existe propiedad foránea a partir de la inversión extranjera directa, existen mecanismos legales y políticos para asegurar que se mantenga la soberanía nacional sobre los recursos del país. No obstante, desde los años noventa, cuando se autorizó la circulación interna del dólar estadounidense y la dolarización parcial de la economía —y más recientemente la creación de las tiendas en moneda libremente convertible (MLC)—, el peso cubano perdió su soberanía como moneda nacional, en la medida en que una parte importante de las transacciones se realiza en divisas extranjeras.

Por otra parte, los sistemáticos reclamos gubernamentales respecto al impacto destructivo de las sanciones de Estados Unidos sobre la economía cubana —que sin duda impactan negativamente—, al punto de presentarlo como principal causa de los problemas del país, llevan a pensar que se ha incrementado la dependencia económica respecto al vecino del Norte, ya que casi nada puede hacerse mientras existan dichas sanciones.

En realidad, el gobierno cubano no ha adoptado las reformas estructurales imprescindibles para remontar la situación de crisis que afecta a la Isla, y que son independientes de dichas sanciones. En consecuencia, ante la incapacidad para estimular el relanzamiento de la industria y la agricultura, el fomento de la infraestructura y los servicios; ha aumentado la vulnerabilidad externa de la economía, lo que constituye una limitación a la soberanía nacional.

Para fortalecerla, es indispensable asegurar la soberanía del peso cubano en todas las transacciones dentro del territorio nacional, así como adoptar las medidas necesarias para impulsar la industria, la agricultura, la infraestructura y los servicios.

La mayor independencia económica, que no es total debido al alto grado de internacionalización de los procesos productivos, puede lograrse en la medida en que se potencie la producción nacional de bienes y servicios y la moneda nacional cumpla todas las funciones del dinero dentro del territorio nacional.

Finalmente, es imprescindible que el pueblo pueda ejercer de forma directa su soberanía, siendo responsable de la elección libre de sus representantes por períodos delimitados de tiempo; que consiga controlar su gestión, así como la de los administradores de la propiedad pública, y disfrute la libertad plena de decidir democráticamente el futuro del país.

***

(1) Puerto Rico aún no es independiente y, al parecer, la mayor parte de la población prefiere la estadidad dentro de los Estados Unidos, según resultados de los plebiscitos efectuados en 2012 y 2020. En el de 2012, la estadidad obtuvo el 44,61% de los votos totales (61,13% de los votos válidos), contra un 24,32% a favor de un «Estado Libre Asociado Soberano» y un 4,04% a favor de la independencia, mientras que el 26,04% fueron votos en blanco. En 2020 solo se presentaba la estadidad como opción a los votantes a través de un voto: SI o NO. El Sí obtuvo el 52,52% de los votos contra el 47,48% del No.

(2) No existen encuestas publicadas sobre este tema en Cuba.

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