HAVANA WEATHER

Por una patria sin pena de muerte

Si el de las familias es mediático, su hermano, el proyecto de Código Penal, se mueve en silencio, cual una estrella de cine esconde su intimidad del acoso de los paparazzi.

***

Me encuentro en un dilema al redactar estas líneas. Deseo publicarlas y que lleguen al mayor número posible de lectores; es mi derecho constitucional. Pero, ¿dónde hacerlo?

Me gustaría publicar en Granma o Cubadebate, entre otras razones porque ello significaría que sus páginas se abren al diálogo y la confrontación de ideas que el país necesita con urgencia. Pero durante años envié textos a nuestros medios y periodistas…, y nunca los publicaron.

Llevo tiempo llamando la atención en las redes hacia la presencia de la pena de muerte por fusilamiento en un considerable número de figuras delictivas contenidas en el proyecto de código penal que se aprobará en la próxima sesión de la Asamblea Nacional («15 en la familia de los “delitos contra la Seguridad del Estado”, 6 en los de “terrorismo”, además del “tráfico internacional de drogas” y “asesinato”», informan los redactores).

Según el espíritu y la letra de la Constitución vigente, yo, como ciudadano, debería tener acceso a esos órganos oficiales y exponer en ellos mis criterios. Pero la experiencia enseña que, por ser voz discrepante, estoy condenado a no aparecer ahí.

¿Debo permanecer callado, entonces? No. Me opongo al principio de ojo por ojo y diente por diente disfrazado de ordenamiento jurídico, y no voy a callar. La inclusión de la pena de muerte en el código penal implica retroceder a épocas de barbarie y de preponderancia del más fuerte, el Estado, sobre el más débil, el individuo. Es ir a contrapelo del progreso jurídico mundial. Mi deber de ciudadano, además de mi derecho, es pronunciarme en contra.

Pena de muerte

Asistencia religiosa en un fusilamiento acontecido en los primeros días de la Revolución.

Ante todo, la pena de muerte no es constitucional

Me pregunto qué argumentos tomaron en cuenta los redactores del proyecto de código al incluir en él la pena de muerte, que no sea la intención de inculcar temor. Me pregunto también cómo es posible que se intente situar al país a la vanguardia del ordenamiento legal internacional, proclamando al mundo un código de las familias que más parece concebido para Europa que para Cuba, a la vez que, con el código penal, se nos coloca más atrás de la retaguardia.

Los redactores del proyecto han pasado por alto que la pena de muerte ni siquiera está mencionada en el texto de la Constitución vigente (la misma que los diputados que lo aprobarán dentro de unos días juraron defender y aplicar). Por no responder a ningún artículo constitucional, no tiene nada que hacer en la agenda legislativa de la Asamblea Nacional.

El asunto es más grave. La pena de muerte que se pretende imponernos no solo carece de apoyo constitucional, también viola el primero de los derechos humanos reconocidos internacionalmente, el de la vida, expresamente protegido en el artículo 46 de la Constitución:

«Todas las personas tienen derecho a la vida, la integridad física y moral, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz, la salud, la educación, la cultura, la recreación, el deporte y a su desarrollo integral».

La inclusión de la pena de muerte en el código penal sería, por tanto, inconstitucional por definición, pues es violatoria del artículo 46. Como garantes que deben ser de la ley primera de la nación, es obligación de los diputados rechazarla.

Más aún: Por contener la pena de muerte, el proyecto en su totalidad ni siquiera amerita ser sometido a discusión; la Comisión Permanente de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, en cumplimiento de sus funciones, no debió haberle dado curso.

Aprobar el código constituiría un absurdo jurídico que colocaría a los diputados en situación de desacato a la Constitución, por lo cual el presidente del país tendría que disolver la Asamblea Nacional y llamar a elecciones parlamentarias.

Para los cubanos esta afirmación puede parecer una exageración, por no estar acostumbrados al funcionamiento de las instituciones democráticas, pero es lo que corresponde hacer en un Estado de derecho en tales casos.

La pena de muerte en la historia de Cuba

Cuando Cuba nació como república independiente, el 20 de mayo de 1902, en su Constitución se prohibía expresamente aplicar la pena de muerte por delitos políticos. La de 1940, la más progresista en América por entonces, y en cuya defensa muchos cubanos se levantaron en armas entre 1953 y 1959, también prohibía la pena de muerte, excepto para los miembros de las fuerzas armadas, por delitos de carácter militar, y para las personas culpables de traición o de espionaje en favor del enemigo en tiempo de guerra con nación extranjera. Solo en tales casos. No en los veintiuno presentes en el proyecto de código penal.

Fulgencio Batista, al interrumpir el camino democrático de la república, impuso el 4 de abril de 1952 los Estatutos Constitucionales, para sustituir la Constitución de 1940; dichos Estatutos estipulaban la pena de muerte, para abarcar delitos relacionados con gansterismo y pistolerismo, términos amplios y de interpretación discrecional.

Tras la fuga de Batista en 1959, se abolieron sus Estatutos, pero no se restableció la Constitución de 1940, como correspondía. En su lugar se proclamó la Ley Fundamental, de 1959, donde se repetía la prohibición de la pena de muerte de 1940, pero se agregaba una extensa lista de excepciones, con lo cual en la práctica se  ampliaba su aplicación.

La Constitución de 1976 no mencionaba la pena de muerte. A pesar de ello, esta aparece en el código penal de 1987, todavía vigente, lo cual es, en esencia, una extralimitación del marco legal establecido por dicha Constitución.

Pena de muerte a referendo

Si el Estado cubano entiende que es vital para su supervivencia la aplicación de la pena de muerte, e insiste en ella a pesar de no ser constitucional, y a sabiendas de que el mundo lo juzgará negativamente por ese salto atrás en el ordenamiento jurídico, antes debe convencer a los ciudadanos de sus razones y recibir su apoyo; esto es: Debe presentar una iniciativa de reforma y lograr su aprobación popular.

El artículo 227 de la Constitución de 2019 establece el procedimiento de reforma constitucional. Implica la presentación del proyecto correspondiente, el análisis por la Asamblea Nacional y, de ser aprobado, la convocatoria a referendo popular, donde los ciudadanos tienen la última palabra.

La reforma constitucional, pues, no es un acto único, efectuado mediante una votación más en la Asamblea Nacional, sino implica un proceso complejo y demorado. No se lleva a cabo en una sesión de pocas horas, en medio de una maratónica aprobación de leyes, decretos y variados documentos, como se pretende hacer en la próxima sesión.

Pena de muerte

(Foto: Irene Pérez/ Cubadebate)

El artículo 228 de la Constitución establece:

«Cuando la reforma se refiera a la integración y funciones de la Asamblea Nacional del Poder Popular o del Consejo de Estado, a las atribuciones o al período de mandato del Presidente de la República, a los derechos, deberes y garantías consagrados en la Constitución, se requiere, además, la ratificación por el voto favorable de la mayoría de los electores en referendo convocado a tales efectos».

(Obsérvese que el referendo no se gana con la mayoría de quienes acudan a votar, ni de los votos válidos, sino de la totalidad de electores registrados).

Antes, el artículo 226 establece que las reformas a la Constitución se realizan «mediante acuerdo adoptado, en votación nominal, por una mayoría no inferior a las dos terceras partes del número total de sus integrantes». Solo después de esa primera aprobación por los diputados la propuesta se somete a referendo.

Violar ese procedimiento es ilegal; no obstante, se ha anunciado que en unos días la Asamblea Nacional aprobará el proyecto de código penal. Para actuar en concordancia con lo establecido en la Constitución, si el Estado cubano desea honrar su definición como Estado de derecho, debe excluir del proyecto toda mención a la pena de muerte, hasta tanto se produzca el referendo que la apruebe.

Deslizar subrepticiamente la pena de muerte en el cuerpo del futuro código penal, mientras la atención de la ciudadanía está concentrada en la discusión del proyecto de código de las familias, como se ha hecho, no solo es ilegal: También es éticamente reprobable.

Otras consideraciones contra la pena de muerte

La inclusión de la pena de muerte en el código penal de Cuba, además de inconstitucional, trae a colación otros elementos éticos que nuestros diputados, magistrados y juristas en general, deberían considerar, y los ciudadanos no deberían  pasar por alto.

La pena de muerte es la única que no tiene posibilidad de enmienda si se descubre que hubo error en su aplicación. La literatura especializada registra no pocos casos de personas condenadas a muerte por equivocación, algunos conocidos por el público, otros no. A muchos condenados la rectificación les llegó cuando no había remedio, con la sentencia cumplida. Fueron asesinados por su  Estado.

Tengo experiencia como juez (lego), y sé que incluso en casos leves no siempre uno queda tranquilo con su conciencia, pues nada garantiza que se adoptó la decisión más justa. En el caso de la pena de muerte, ¿cómo estar seguro de que no se condena a un inocente, o de que uno no se dejó llevar por presiones o prejuicios?

En otros países (más promocionados), y también en el nuestro (pasados en silencio o envueltos en nubes de humo), en ocasiones la pena de muerte ha respondido a razones extrajudiciales. Personas que han derramado sangre han sido condenadas, pero la ejecución dejada en suspenso; en cambio, otras, sin herir a nadie y entregadas pacíficamente a las autoridades, han sido igualmente condenadas, y la sentencia cumplida de inmediato. La ejecución fue discrecional en ambos casos. Y muchos recordamos cierta ocasión en que los asesinos no fueron siquiera molestados.

No podemos rectificar el pasado, al menos evitemos que algo así vuelva a ocurrir en nuestra tierra. Tengamos una patria sin pena de muerte.

Pena de muerte

La pena de muerte en España era a través del garrote vil. (Foto: ABC)

Para finalizar, una exhortación

En la actualidad, solo unos cincuenta y cinco Estados o territorios del mundo continúan aplicando la pena de muerte. Los diputados cubanos, si la aprueban, como todo parece indicar, además de actuar contra la Constitución que juraron defender, también menoscabarían el prestigio internacional del país, por alinearlo junto a quienes optan por la muerte como forma de enfrentar dificultades.

Estas líneas no responden a ninguna «manipulación mediática del enemigo» que haya que «desmontar» y acusar al autor de mercenarismo, como se ha vuelto costumbre en nuestros medios de prensa cuando surgen voces discordantes de discursos oficiales. Son las preocupaciones de un ciudadano que firma con su nombre, no se esconde en perfiles falsos, ni hace campaña para que otros lo secunden en sus planteamientos, por más que son muchos los que piensan como él.

Deseo ver a mi país como la patria con todos y para el bien de todos a que aspiraba Martí; una Cuba donde nadie se sienta perseguido por su forma de pensar, y donde el disenso tenga vías por donde encaminarse y ser atendido, donde la fuga al exterior o la protesta airada y anárquica no sean la única perspectiva que tenga ante sí un joven con inquietudes.

Por tanto, exhorto a los diputados a no olvidar que su compromiso es con el pueblo y con la Constitución que juraron defender, con nadie más. Algunos de ellos han hecho públicas, en los últimos tiempos, sus creencias religiosas; es un motivo más para oponerse a una pena que va en contra de su fe.

Diputados, religiosos y no religiosos: No permitan que caiga sobre sus conciencias la sangre que se derramará por aprobación de un código que niega el derecho a la vida.

Construyamos entre todos, creyentes y no creyentes, opositores o aliados del gobierno, una patria sin pena de muerte. Acaso su eliminación del código marque un primer paso en el camino hacia el rescate de los valores humanos que poco a poco se nos han escapado.

Comparte:
Publicaciones

Artículos Relacionados

 

Contáctenos

 

Si desea contactar NoticiasCubanas.com, el portal de todas

las noticias cubanas, por favor contáctanos.

¡Estaremos felices de escucharlo!

 

Con gusto le informáremos acerca de nuestra oferta de publicidad

o algún otro requerimiento.

 

contacto@noticiascubanas.com

 

 

Términos de uso

NoticiasCubanas.com es gratis para todas las personas, nosotros no cobramos ningún cargo por el uso del sitio de ninguna manera. Leer los artículos es completamente gratis, no existe ningún costo oculto en nuestro sitio.


Proveemos una colección de noticias cubanas, noticias internacionales sobre Cuba para cualquier persona interesada. Nuestros usuarios utilizan NoticiasCubanas.com bajo el acto de libre elección y bajo su propia Responsabilidad.

Nosotros no recolectamos ningún tipo de información de nuestros usuarios, no solicitamos ninguna dirección electrónica, número telefónico, o ningún otro tipo de dato personal.

 

Medimos el monto de tráfico que noticiasCubanas.com recibe, pero no esperamos compartir esta información con alguien, excepto nuestros socios de publicidad. Nos regimos bajo las normas Cubanas en cada cuestión legal, cualquier aspecto no clarificado aquí debe ser considerado sujeto bajo el sistema Legal de Cuba.

 


Oferta


Si deseas saber como tu sitio de noticias puede formar parte de nuestro sitio NoticiasCubanas.com, o si deseas publicidad con nosotros.

 

Por favor, póngase en contacto para mas detalles.

Estaremos felices de responder a todas tus dudas y preguntas sobre NoticiasCubanas.com. ¡La casa de todas las noticias cubanas!

contacto@noticiascubanas.com


Sobre nosotros

NoticiasCubanas.com es la casa de todas las noticias cubanas, somos un sitio conglomerado de noticias en Cuba. Nuestro objetivo es darle importantes, interesante, actuales noticias sobre Cuba, organizadas en categorías.

Nosotros no escribimos noticias, solo recolectamos noticias de varios sitios cubanos. Nosotros no somos parte, solo proveemos noticias de todas las fuentes de Cuba, y de otras partes del mundo.

Nosotros tenemos un objetivo simple, deseamos brindarle al usuario el mayor monto de noticias con calidad sobre Cuba, y la visión que tiene el mundo sobre Cuba. Nosotros no evaluamos las noticias que aparecen en nuestro sitio, tampoco no es nuestra tarea juzgar las noticias, o los sitios de las noticias.

Deseamos servir a los usuarios de internet en Cuba con un servicio de calidad. Este servicio es gratuito para todos los cubanos y todos aquellos que estén interesados en las noticias cubanas y noticias internacionales sobre Cuba.