Uno de los proyectos de leyes que abordará el Parlamento cubano en su quinta sesión extraordinaria de la novena legislatura, a mediados de mayo, es el del Sistema de los Recursos Naturales y del Medio Ambiente. El texto legal, fruto de un proceso de análisis y estudio, consultas, conciliaciones y elaboración que comenzó años atrás, derogaría la vigente Ley 81, Del Medio Ambiente (1997).
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¿Qué cambios y novedades incorpora el proyecto de ley que analizarán los diputados? ¿Cómo se articula con las nuevas realidades nacionales e internacionales, los preceptos de la Constitución de 2019, las necesidades y particularidades del desarrollo socioeconómico cubano y fenómenos hoy ineludibles en la proyección de cualquier sector de la vida humana como el cambio climático?
Entre los objetivos del texto legal, declarados en sus primeros artículos, están:
–Incorporar la dimensión ambiental en los planes de desarrollo económico y social.
–Propiciar una mayor integración en la implementación de la política ambiental y otras vinculadas a los recursos naturales.
–Garantizar las bases y condiciones para el ejercicio pleno del derecho de las personas a disfrutar de un medioambiente sano y equilibrado.
–Promover un desarrollo resiliente y bajo en emisiones de gases de efecto invernadero, mediante la planificación de la adaptación y de la mitigación al cambio climático.
–Establecer principios y obligaciones que orienten las acciones de las personas naturales y jurídicas en materia ambiental.
–Fortalecer el marco legal que asegure la conservación, protección y uso racional de los recursos naturales, así como la mejora de la calidad ambiental, con un enfoque ecosistémico.
–Perfeccionar el Sistema de Defensa Civil para la reducción de desastres ante peligros de origen natural, tecnológico y sanitario.
–Potenciar el papel de la ciencia, la tecnología y la innovación en función de contribuir a la solución de los principales problemas ambientales y a una gestión más racional de los recursos naturales.
–Desarrollar el pensamiento crítico, la conciencia, la ética y la cultura ambientales, la participación y la responsabilidad ciudadana, en torno a los problemas del medioambiente y su solución, a partir de la integración de lo ambiental en la educación, la capacitación, la divulgación y la información ambiental.
Teresa Dolores Cruz Sardiñas, máster en Derecho Ambiental, especialista superior para el Control de la Ciencia, la Tecnología y el Medio Ambiente en la Dirección General de Medio Ambiente del Citma, destaca el concepto del derecho a un medioambiente sano y equilibrado.
“Es el balance en la búsqueda de un bienestar de forma permanente, manteniendo el equilibrio que hace posible la vida y el desarrollo sobre la tierra, no solo del hombre, sino de todas las formas vivas de todos los ecosistemas, y que incluye los servicios ecosistémicos para enfrentar las crisis ambientales, tanto la pérdida de la diversidad biológica como el enfrentamiento al cambio climático”, señala.
La experta recuerda que los cambios institucionales en el país durante los últimos años se han caracterizado por una proliferación del marco jurídico, un reordenamiento de toda la institucionalidad, “y ello se refleja también en el derecho ambiental, en sus normas generales y en regulaciones sectoriales sobre cuestiones del medioambiente”.
Los actores de la sociedad cubana “son otros hoy, más diversos, de diferente naturaleza, lo cual repercute sobre el uso de los recursos naturales y el desarrollo sostenible”.
Otro elemento son los cambios a nivel internacional, la aprobación en 2015 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible; el Acuerdo de París, adoptado a finales de ese año; los acuerdos internacionales en materia de responsabilidad y de participación. “Esto también se refleja hacia lo interno del país y plantea la necesidad de actualizar la Ley 81 de 1997”.
El derecho ambiental –explica– se basa en los conocimientos de la ciencia y la técnica, que hoy avanzan aceleradamente. Son conocimientos que se acumulan muy rápido y, obviamente, llevan a visiones y situaciones diferentes, como, por ejemplo, el concepto de economía circular.
“Todo este marco internacional tiene un reflejo en los marcos nacionales, a partir de la relación de los documentos rectores del Octavo Congreso del Partido, la aprobación de políticas con incidencia ambiental y la política sobre el perfeccionamiento del sistema ambiental, donde se plantea la necesidad de un Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente fuerte, que se ocupe de buscar la sostenibilidad en el uso de los recursos naturales y el desarrollo, permeando todas las esferas de la vida y la sociedad”, añade.
Conceptos como el del derecho a un medioambiente sano y equilibrado y el de sostenibilidad son transversales y se manifiestan en la Constitución, en el Programa Nacional de Desarrollo al 2030, la estrategia ambiental nacional en el nuevo ciclo 2021-2025, la Tarea Vida “y muchos documentos que se han ido revisando a la luz de la modificación de los documentos rectores”.
Artículo 8. El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo de la Administración Central del Estado rector del Sistema de los recursos naturales y el medio ambiente; responsable de proponer las políticas requeridas y dirigir, evaluar y controlar su cumplimiento, para contribuir a la sostenibilidad del desarrollo económico y social del país.
Entre otras atribuciones y responsabilidades, el proyecto de ley determina que corresponde al Citma establecer los mecanismos para perfeccionar sistemáticamente los instrumentos de la gestión ambiental; proponer la política ambiental y dirigir su ejecución, evaluando y controlando su gestión sobre la base de un enfoque integral y ecosistémico a partir de resultados científicos y de innovación.
También, proponer y dictar, supervisar y controlar la aplicación de medidas regulatorias para la conservación y uso racional de los suelos, formaciones cársicas, recursos minerales, aguas terrestres y marítimas, la zona costera y su zona de protección, el lecho y subsuelo marítimo, los bosques, la atmósfera, la flora y fauna, y para la prevención de la contaminación en general.
Además, el seguimiento y monitoreo de indicadores y metas ambientales y del estado de los recursos naturales, la evalución y control de la debida inserción de la dimensión ambiental en los planes de desarrollo económico y social, y el fomento e impulso a la integración de los principios de la producción y el consumo sostenible y la economía circular en la labor de los organismos de la Administración Central del Estado, del sistema empresarial y demás actores económicos y sociales, así como en los estilos de vida de la población.
Se menciona, igualmente,...