La Gaceta Oficial de la República de Cuba acaba de publicar, en su edición extraordinaria número 28, de 12 de abril de 2022, la Resolución 79/2022 del Banco Central de Cuba (BCC), que regula, para las personas naturales, el límite de pesos cubanos en efectivo y de otros instrumentos de pago o títulos de créditos a importar y exportar a la entrada y salida del territorio nacional.
La nueva regulación establece que las personas naturales pueden exportar e importar a su salida y entrada del territorio nacional, sumas que no excedan los 5 000 pesos cubanos en efectivo, cheques, letras de cambio, pagarés u otros instrumentos de pago o títulos de créditos utilizados en la práctica bancaria internacional.
La Resolución 79/2022 del Banco Central de Cuba define, igualmente, que la importación y exportación de piezas desmonetizadas y especímenes de pesos cubanos con carácter numismático o patrimonial, están sometidas a las regulaciones específicas dictadas al efecto.
Asimismo, la disposición jurídica determina que queda prohibida la entrada y salida de pesos cubanos en efectivo como envío por la vía postal, aérea y marítima, en cualquier denominación u otros instrumentos de pago o títulos de créditos utilizados en la práctica bancaria internacional.
Según lo dispuesto, corresponde a esa institución ejecutar las facultades encomendadas con el objetivo de controlar las entradas y salidas de dinero a través de las fronteras, además de prevenir y evitar el uso del Sistema Bancario y Financiero para actividades ilícitas, incluidas el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo y a la proliferación de armas de destrucción masiva.
Finalmente, el documento establece que a las personas naturales que incumplan lo dispuesto, se les aplicará la sanción de decomiso, de conformidad con lo previsto en la legislación aduanera, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar.
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