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El 11J, largas condenas y un aparente intento de suicidio

Uno de los diez huelguistas de hambre juzgados la pasada semana en Holguín por el estallido social del 11 de julio, intentó privarse de la vida en la Prisión Provincial donde está recluido, informó su familia.

Cruz García Domínguez, de 59 años, a quien la Fiscalía pidió 30 años de prisión, trató de ahorcarse con un cordón, pero fue detenido por otros reclusos que, más tarde, informaron a la familia.

“Mi papá desde que llegó allí dijo que se quitaría la vida, que él no va a pagar por algo que no hizo. Lo acusan por sedición”, aseguró a Radio Televisión Martí, el hijo, Arennis García Naranjo.

“El de la Seguridad del Estado que llamé para indagar sobre lo que había sucedido me dijo que es incierto, pero yo creo más en los familiares de los presos que en lo que digan los de la Seguridad del Estado. Ellos tapan todo”, afirmó.

“Mi padre está enfermo, padece el Mal de Parkinson, sus manos están tan temblorosas que apenas puede sostener una taza, tampoco escribir. Tiene una clavícula dislocada también”, indicó García Naranjo.

Diez manifestantes del 11 de julio en Holguín, incluido García Domínguez, continúan en huelga de hambre este domingo, en rechazo a las severas sanciones que pide la Fiscalía contra ellos por sedición.

El Artículo 100 del Código Penal vigente en Cuba estipula que incurren en este delito quienes “tumultuariamente y mediante concierto expreso o tácito, empleando violencia, perturben el orden socialista”.

“Yo creo que la sedición, a diferencia de otros delitos que están utilizando para criminalizar a quienes salieron a las calles el 11 de julio, es un delito profundamente político”, indicó a nuestra redacción el abogado exiliado en Canadá, Eloy Viera Cañive.

“La sedición es un delito que se usa en muchos lugares del mundo para penalizar a quienes intentan desarticular un Estado o desmantelar sus instituciones democráticas”, dijo.

Por sedición juzgaron a 12 miembros de la Generalitat catalana en España, luego de promover el referéndum independentista de Cataluña hace algunos años, ya que no hubo violencia de forma organizada.

Igualmente, por sedición y otros delitos, ha sido imputado recientemente uno de los cabecillas del asalto al Capitolio norteamericano que tuvo lugar en enero de 2021.

“En el caso de Cuba, yo creo que la sedición, como todos los delitos comprendidos en el Código Penal, sirve para sancionar a cualquiera que se le oponga públicamente al régimen. No tienen que atentar contra instituciones democráticas inexistentes. Basta con que expresen su descontento públicamente para que puedan ser acusados de sedición. Para el régimen cubano salir a la calle a protestar como lo hicieron los manifestantes del 11J, da lo mismo ‘desórdenes públicos’ que ‘sedición’. Por eso es que, digo, que cualquier delito les sirve para criminalizar la protesta”, precisó el jurista.

“Pero la diferencia entre uno y otro parece estar, de acuerdo a lo que yo puedo evaluar de la interpretación que han hecho, está en la intensidad y la forma en la que protestaron los ‘sediciosos’ y los que ellos dicen que solo ‘desordenaron’.

“En este sentido, las acusaciones fundamentales de sedición se concentran contra los manifestantes que participaron en protestas donde se produjeron enfrentamientos con las autoridades, volcados de patrulla, lanzamientos de piedras. Ahí están los casos de los muchachos de 10 de octubre, que es donde participaron varios de los menores de edad acusados de sedición, los de la gente de La Güinera, que fue donde murió, de un disparo de un policía, Diubis Laurencio. Y también hay imputados en Holguín, de donde también llegaron imágenes de enfrentamiento entre las autoridades y los protestantes”, puntualizó.

Reportes de familiares de los enjuiciados señalaron que la Fiscalía ha modificado el delito de sedición para los menores de edad que fueron juzgados, pero no para los adultos.

“Más allá de que la violencia sea el elemento que estén utilizando las autoridades cubanas para discriminar entre ‘sediciosos’ y ‘desordenadores’, el régimen está utilizando la sedición para infundir temor en la ciudadanía y evitar que así vuelvan a salir a la calle”, subrayó el jurista y agregó:

“Por el marco sancionador que tiene el Código Penal, la sedición les permite solicitar penas que provocan alarma, literalmente. Y esto lo digo porque llama poderosamente la atención que haya personas que se enfrenten, hoy, a penas de 15, 20 y 30 años por salir a protestar”.

“Y digo que el objetivo del uso de la sedición es sobre todo aleccionador, porque para que se configure la sedición de acuerdo al Código Penal Cubano no hace falta que se hayan producido manifestaciones violentas, basta que se produzca una manifestación multitudinaria que persiga subvertir el orden socialista para que todos sus participantes puedan ser considerados como sediciosos”, apuntó Viera Cañive.

“¿Y qué es el orden socialista? Pues para el régimen cubano parece ser lo mismo que el orden público, o lo que es lo mismo, lo que ellos determinen. Hasta ahora, para ellos, parece ser que el orden socialista se mantiene mientras la gente obedezca ciegamente y no se le ocurra protestar públicamente en las calles, porque lo importante es encontrar cualquier delito que pueda servirle, no para criminalizar una conducta determinada, sino para sancionar, para reprimir lo que en el fondo ha motivado a la gente a salir a la calle, protestar contra el gobierno”, concluyó el abogado.

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