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¿Es posible impulsar una iniciativa legislativa popular para conseguir la liberación de los presos políticos?

El número de personas apresadas y sancionadas por razones políticas en Cuba aumentó tras las protestas del 11 de julio de 2021 (11J). En noviembre de 2020 la organización Prisoners Defenders (PD) contabilizaba 137 encarcelados por razones políticas; su último informe de inicios de noviembre de 2021 registra un total de 683 presos políticos.

A su vez, el grupo Justicia 11J junto a Cubalex conformaron un listado de los detenidos con posterioridad al 11J en el cual destacan arrestos a menores de edad. Han documentado —incluidas las reclusiones vinculadas al 15 de noviembre de 2021 (15N)— la detención de 45 menores; de ellos, 29 han sido excarcelados, algunos con medidas cautelares de reclusión domiciliaria o bajo fianza; nueve permanecen en prisión.

Ciudadanos cubanos se han preguntado si, ante un panorama como este, desde la sociedad civil se podrían impulsar acciones que viabilicen la liberación de estos prisioneros políticos sobre quienes pesan delitos y condenas excesivas.

Para lograr la liberación de los presos políticos cubanos algunos han considerado la factibilidad de impulsar una campaña a favor de una amnistía. Otros se oponen a esa idea y aducen que la amnistía implicaría el reconocimiento de la comisión de un delito por parte de los beneficiados.

Amén de las discusiones al respecto, los gobernantes cubanos nunca han amnistiado a nadie desde su llegada al poder en enero de 1959. Para negociaciones políticas o excarcelaciones masivas han preferido utilizar otros mecanismos como los indultos. Una motivación fundamental puede haber incidido en que durante el período posterior al triunfo de la Revolución no se hubiese dictado ninguna amnistía. La amnistía implica la aceptación de una crisis política y la necesidad de ceder para solucionarla.

Existen ejemplos de campañas a favor de la excarcerlación de los presos políticos cubanos —como la creada por el Movimiento San Isidro “Donde tú caes yo te levanto”—, pero a la par de iniciativas de este tipo podría emplearse un recurso legal como la iniciativa legislativa popular (ILP) para impulsar desde abajo, y con el apoyo de disímiles actores, una propuesta de ley que logre la liberación de los prisioneros.

Las iniciativas legislativas populares son instrumentos empleados en países donde la ciudadanía se involucra de manera activa en la vida política. En Cuba, las ILP deben cumplir un grupo de requisitos y hasta la fecha la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) no ha discutido ningún proyecto de ley propuesto por los ciudadanos.

En ocasiones anteriores las ILP han sido utilizadas como herramientas políticas; tal fue el caso del Proyecto Varela, impulsado por Oswaldo Payá —fundador del Movimiento Cristiano Liberación (MCL)—. Entre las propuestas del Proyecto Varela figuraban el derecho a la libre expresión y asociación, la amnistía para los presos políticos y una nueva ley electoral. El documento solicitaba a la ANPP que sometiera a plebiscito cada una de esas proposiciones.

El 10 de mayo de 2002 Oswaldo Payá entregó en las oficinas auxiliares de la ANPP 11 020 firmas que más tarde ascendieron a 35 000. Sin embargo, el órgano legislativo no validó el proyecto. Un mes después (26 de junio de 2002), el Parlamento cubano votó de manera unánime para legitimar una reforma constitucional que declaró la irrevocabilidad del sistema socialista en el país y el papel fundamental del Partido Comunista como fuerza política dirigente superior del Estado y la sociedad.

En 2016 el grupo de animalistas Protección de Animales de la Ciudad (PAC) logró reunir 8 000 firmas para una propuesta de ley de protección animal que nunca llegó a presentarse. Cinco años después (febrero de 2021) el Gobierno cubano anunciaba la aprobación del Decreto Ley 31 “De Bienestar Animal”.

REQUISITOS PARA IMPULSAR UNA ILP EN CUBA

Las regulaciones de la ILP están contenidas en la Ley 131/2019 de “Organización y Funcionamiento de la ANPP y el Consejo de Estado”. Los requisitos fundamentales que establece son:

●      Presentar un proyecto de ley apoyado por al menos 10 000 firmas.

●      Las 10 000 firmas tienen que ser validadas mediante el acompañamiento de una certificación emitida por el registro electoral que pruebe la condición de “elector” de cada uno de los firmantes.

●      Presentar junto con el proyecto un documento denominado “Fundamentación” en el que deben incluirse análisis económicos, jurídicos y sociales que lo sustenten.

Que los firmantes estén obligados a ser electores es una manera de excluir a los ciudadanos cubanos que no posean “residencia efectiva” en el territorio nacional. La residencia efectiva es un nuevo concepto introducido en la Ley Electoral cubana que fue aprobada en agosto de 2019 tras la promulgación de la Constitución. El concepto condiciona y limita aún más el ejercicio de los derechos políticos de los cubanos residentes en el exterior. Debido a los condicionamientos derivados de la residencia efectiva será muy difícil para los emigrados cubanos iniciar o apoyar iniciativas legislativas populares —incluida una que tenga como objetivo la liberación de los presos políticos—.

Los promotores de la ILP están obligados, además, a presentar “los resultados de las coordinaciones con los órganos, organizaciones y otras instituciones de imprescindible consulta, en correspondencia con la materia a regular”; aunque la norma no explicita cómo certificar estos resultados o ante qué instituciones u organizaciones hacerlo.

En el caso de la promoción de una ILP que tenga por objetivo la liberación de los presos políticos, gestiones como las anteriores podrían eludirse debido a que el único órgano facultado para emitir ese tipo de disposiciones es la Asamblea Nacional del Poder Popular. El mismo órgano ante el que debería presentarse la solicitud.

Después del 15N continúa en pie y de forma intacta el principal problema que motivó la convocatoria del grupo Archipiélago: la existencia de más de 600 presos políticos. Es muy probable que el único capital movilizable que sobrevive luego de esa fecha en Cuba sea el ímpetu de las madres y de los familiares de esas personas que permanecen en las cárceles. Un capital que no ha sido aprovechado ni encausado por ningún movimiento, incluido Archipiélago.

Ese capital —construido y mantenido sobre la base de lazos humanos que rebasan cualquier consideración política— podría emplearse para recoger firmas en apoyo a un proyecto de ley que sirva de articulación de una campaña mediática y política a favor de la liberación de los presos políticos.

El impulso de los familiares de los presos políticos podría ser acompañado por diferentes actores de la sociedad civil. Sin embargo, no debería —como ha ocurrido en otras oportunidades— ser capitalizado por actores políticos y sociales establecidos. Debería gestarse e impulsarse por los más interesados: los verdaderos dolientes, aquellos a quienes les han privado de la compañía de sus seres queridos.

En ambientes autocráticos como el cubano la decisión de emplear herramientas como la ILP no debería considerarse a partir de un análisis jurídico. Debería basarse en su evaluación como instrumento político para impulsar agendas, temas y mantener el pulso con el poder.

En el caso de los presos políticos, no sostener el pulso con el poder permitiría a los gobernantes lucrar con un fenómeno que ellos han provocado. Les permitiría —como sucedió con la excarcelación y posterior exilio de más de 100 presos políticos entre 2010 y 2011— usar a los detenidos como monedas de cambio.

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