La Habana, 12 nov (ACN) El Ministerio de la Agricultura (MINAG) publicó en su sitio web el Reglamento Funcional para la Actividad Asistencial Veterinaria en Cuba, el cual busca ajustar este servicio a las transformaciones ocurridas en la actividad, y con ello, mejorar el estado de salud y bienestar de la población animal.
El texto tiene por objetivo, además, complementar lo establecido por la legislación vigente respecto al servicio veterinario asistencial, que incluye el trabajo por cuenta propia, para la atención a los animales de compañía.
Entre los principales aspectos que regula se encuentran las modalidades y modos de la actividad asistencial veterinaria; los requerimientos mínimos generales y de bioseguridad para el funcionamiento de estos últimos; y los requisitos para el otorgamiento de la licencia sanitaria veterinaria a hospitales, clínicas y consultorios y los jefes a los diferentes niveles de la autoridad competente facultados a emitirlas.
Asimismo establece las atribuciones y obligaciones generales a cumplir por el personal profesional y técnico que labora en esta actividad; los requisitos y procedimiento a cumplir, para la autorización de médicos y técnicos veterinarios a ejercer el servicio veterinario asistencial; y las formas de adquisición de los productos de uso veterinario.
Para el otorgamiento de la licencia sanitaria veterinaria de las instalaciones, por ejemplo, estipula que los empleadores deben poseer licencia sanitaria del Ministerio de Salud Pública, licencia ambiental del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, y, si resulta procedente, el permiso del Instituto de Planificación Física, con autorización conforme a lo establecido en la legislación vigente.
Además, debe contar con cualquier otra autorización establecida por la ley compatibilizado con los organismos competentes en esa materia, cumplir con los requisitos mínimos generales y de bioseguridad en consultorios clínicas y hospitales veterinarios, y que el personal cumpla con los requisitos establecidos en el reglamento.
Entre las exigencias para laborar en la prestación del servicio veterinario asistencial -como médico o técnico veterinario- destaca el ser graduado de Doctor en Medicina Veterinaria o en Medicina Veterinaria y Zootecnia o Técnico Medio en Veterinaria, este último siempre bajo la orientación y supervisión de un médico veterinario.
El MINAG también compartió el procedimiento de acreditación de Servicios Veterinarios Asistenciales, el cual establece la metodología para evaluar la competencia profesional de los médicos veterinarios que laboren o pretendan hacerlo en el servicio veterinario asistencial del país.
Ambos textos se encuentran disponibles en: https://www.minag.gob.cu/node/3922