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20 de noviembre y derecho de manifestación en Cuba

El reconocimiento del derecho de los cubanos a manifestarse ha sido desde hace décadas un asunto candente. A lo largo de 62 años de Gobierno Revolucionario, el ejercicio de la libertad de expresión, así como de los derechos de asociación y manifestación, se han coartado por una interpretación restrictiva y por la aplicación selectiva de la ley.

En el texto constitucional de 1976, se limitaban esos derechos expresamente a los «fines de la sociedad socialistas». Esta frase de inmensa ambigüedad permitía a cualquier autoridad ejercer censura previa según su criterio, es decir, arbitrariamente. A los efectos prácticos cualquier opinión susceptible de interpretarse como contraria a la ideología y doctrina del PCC podría ser reprimida y perseguida.

La Constitución de 2019, en cambio, introduce un marco de reconocimiento mucho más flexible. Sin embargo, ello no ha supuesto un giro de la política al respecto por parte del gobierno, el cual sigue tratando como un crimen el ejercicio del derecho de manifestación y libre expresión que implique una denuncia o crítica al sistema.

A raíz de las cartas firmadas por varias personas y entregadas a las administraciones de diferentes ciudades, en las cuales se notifica la intención de efectuar una manifestación pacífica prevista para el próximo 20 de noviembre, se ha puesto en el centro del debate nacional una pregunta: ¿Puede denegarse a los ciudadanos el ejercicio de derechos constitucionales?

En su artículo 61, la Constitución de 2019 reconoce el derecho de las personas a dirigir peticiones a las autoridades, «las que están obligadas a tramitarlas y dar las respuestas oportunas, pertinentes y fundamentadas en el plazo y según el procedimiento establecido en la ley». Entonces, ¿pueden someterse quejas y peticiones a la administración? Sí. ¿Es legal firmarlas? Sí. Por tanto, las cartas de solicitud para la realización de la marcha pacífica están dentro de la ley cubana.

Derecho de manifestación (2)

Cartel publicado en el grupo Archipiélago para convocar a la marcha ciudadana del 20 de noviembre (Foto: Facebook)

¿Qué pasa entonces con la posibilidad de manifestarnos? El texto constitucional en su artículo 56 reconoce los derechos de reunión, manifestación y asociación, con fines lícitos y pacíficos. No obstante, en la práctica, en lugar de ese reconocimiento, se reprime en violación flagrante de lo establecido en la Constitución. ¿Tenemos derechos a manifestarnos pacíficamente? La respuesta es: absolutamente, sí.

¿Qué sucedería si la administración niega la solicitud para la manifestación del 20 de noviembre? ¿Invalida esto nuestro derecho a hacerla? No. Aún si las autoridades no conceden permisos para tomar las medidas administrativas pertinentes, como cerrar avenidas y facilitar la marcha, seguimos teniendo derecho a manifestarnos.

Tan es así, que el Código Penal establece en su artículo 292 el delito contra los derechos de reunión, manifestación, asociación, queja y petición. Al amparo del mismo, son sancionables con pena de privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas, a quien impida la celebración de una manifestación lícita o la concurrencia a ella; asimismo, sanciona al que niegue u obstaculice que una persona dirija quejas o peticiones a la autoridad. Si el comisor del delito es un funcionario público, la sanción oscila entre seis meses y dos años o multa de doscientas a quinientas cuotas.

Es decir, que no solo es ilícito obstruir el ejercicio de estos derechos, sino que además puede ser constitutivo de un delito. La Constitución es la ley de leyes; no se puede prohibir lo que permite. Igualmente debe destacarse que los derechos implican como contrapartida deberes. En este caso, el de manifestación supone el deber tanto de los ciudadanos como de las autoridades de respetarlo.

Los límites naturales al ejercicio de los derechos serán siempre la lesividad directa a otros individuales o colectivos. Este es el sentido que debería dársele a términos como «orden público», que usualmente se emplean para intentar justificar la represión.

Ser conscientes de ello es la mejor forma de empoderarnos como ciudadanos y como nación. No se pide permiso para tener derechos, ni se conceden ni se aprueban, se ejercen.

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