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Ex militares piden enjuiciar a Díaz-Canel por incitación a delinquir, genocidio y otros delitos

Integrantes del movimiento de Militares Objetores de Conciencia (MOC) pidieron al Tribunal Supremo de Cuba abrir un proceso penal contra el presidente castrista Miguel Díaz-Canel, por los hechos de su responsabilidad asociados a la represión de las manifestaciones que estallaron el 11 de julio. Los promotores de la iniciativa, aseguran que representan a decenas de militares activos y en la reserva de la isla, que secundan la demanda.

Los delitos atribuidos al mandatario designado por Raúl Castro, son incitación para delinquir utilizando la violencia, abuso en el ejercicio del cargo, terrorismo, genocidio y violación de las normas de derechos humanos, por lo que piden que sea enjuiciado y así lo expresan en una comunicación dirigida a Rubén Remigio Ferro, Presidente del Tribunal Supremo Popular de la República de Cuba.

Además, el MOC señala la complicidad de del ministro del Interior, general de Brigada Lázaro Alberto Álvarez Casas, y al ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, general de Cuerpo de Ejército Álvaro López Miera.

La misiva fue rubricada por el general de Brigada Rafael Del Pino Díaz; los tenientes coroneles Máximo Omar Ruiz Matose, Raúl Luis Risco Pérez, Mario Rivas Morales, Alfredo Lima Pérez; así como por el teniente Ángel Madrazo Giro.

ADN Cuba reproduce íntegro el contenido de la carta:

Señor Rubén Remigio Ferro.

Presidente del Tribunal Supremo Popular de la República de Cuba.

Señor:

Nosotros ciudadanos cubanos, los abajo firmantes, Militares Objetores de Conciencia, haciendo uso del derecho que nos asiste, ante usted decimos.

Que, acusamos penalmente, al designado presidente de la República de Cuba, señor, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, por presuntamente haber cometido los delitos de.

Incitación para delinquir utilizando la violencia, Abuso en el ejercicio del cargo, terrorismo, Genocidio, violación de las normas de Derechos Humanos de las que el Estado cubano es parte.

INVOCACIÓN DE PRECEPTOS LEGALES FACULTATIVO

Artículo 61. Las personas tienen derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades, las que están obligadas a tramitarlas y dar las respuestas oportunas, pertinentes y fundamentadas en el plazo y según el procedimiento establecido en la ley, por lo que invocando dicho artículo y teniendo en cuenta el derecho que me asiste, formulo la presente denuncia.

Los Hechos

Que el señor Miguel Díaz-Canel Bermúdez, durante una comparecencia televisiva y radial, convocó, a sus seguidores, a enfrentar violentamente a cubanos desarmados, que, la actitud absolutamente inmovilista adoptada por las autoridades del país. La represión brutal, las golpizas, el empleo de armas de fuego contra personas que sólo utilizaban la palabra, constituye abusos incalificables, que debe ser condenado penalmente. ¿Cómo admitir las palabras del Jefe de gobierno al expresar que “ la orden de combate está dada” cual si fuera contra miembros de un ejército extranjero y no de simples ciudadanos cubanos que, de forma pacífica pedían libertad y coreaban Patria y Vidal, orden de combate que fue recibida y ejecutada de inmediato por los Ministros del Interior y de la Fuerzas Armadas Revolucionarias, lanzando a las calles a cientos de uniformados, y otros vistiendo de civil, así como a miembros del Partido Comunista y Brigadas de Respuestas Rápida, esta última, son grupos paramilitares organizados y dirigidos por oficiales de enfrentamiento de la Seguridad del Estado, los que actúan como represores del pueblo, fuerzas todas que, armados con pistolas, fusiles, tonfas, bastones de gomas, palos y otros objetos contundentes, arrestaron violentamente, lesionaron, hirieron y asesinaron a ciudadanos indefensos desarmados, donde incluso, decenas de domicilio fueron violados.

Como si eso fuera poco, cientos de manifestantes pacíficos fueron arrestados de forma violentas no solo durante el día 11, continuando la casería los siguientes días, los arrestos en su totalidad arbitrarios, sin orden de previa de arresto, así como los arrestos que se ejecutaron, concluidas las manifestaciones, fueron prácticamente todos de forma violenta, llevados a cabo por uniformados y oficiales de la Seguridad del Estado dentro del domicilio de decenas de personas que, unos, habían participados en las manifestaciones y otros no habían siquiera salidos de sus hogares, constituyendo una flagrante violación de domicilio y de arrestos arbitrarios, pues sus moradores no dieron su consentimiento para la entrada de las fuerzas públicas a sus hogares, así como tampoco mostraron documento firmado por autoridad competente para penetrar en el domicilio de nadie, mucho menos para arrestarlos.

Señor presidente, tenga usted presente que, estos registros y detenciones arbitrarias son totalmente ilegales y constituyen una práctica sistemática en nuestro país, le puedo afirmar que los fines del Estado Socialista tienen supremacía y jerarquía preponderante sobre los derechos humanos fundamentales, y la judicatura también les sirve como fiel súbdito. Esos fines se ejercen por encima de la Constitución con el uso del Derecho Penal, como lo están haciendo hoy con los juicios que están llevando a cabo contra manifestantes pacíficos, la protesta pacífica es legal, sin embargo, Jueces y Fiscales han sido utilizados como instrumento de coerción, coacción y control social, empleando a la judicatura o Administración de Justicia para actuar con la presunción de “legalidad” sobre los justiciables.

Que las acciones que se están llevando a cabo en todo el país, incluyendo a Fiscales en programas televisivos esgrimiendo posibles sanciones penales con duración de decenios, tiene el objetivo marcado de aterrorizar a la población para hacerlos renunciar a su legítimo derecho a expresarse pacíficamente contra algo que no estén de acuerdo

Que, en los últimos 62 años, no se había visto en nuestro país, de forma masiva, el atropello, la violencia, la agresión, la utilización de las fuerzas de forma desproporcionada, contra ciudadanos indefensos, por los miembros de las fuerzas especiales del Ministerio del Interior con entrenamiento en defensa personal que utilizaron las técnicas de combate contra la población indefensa, tenga usted presente que, más del 80 por ciento de los detenidos, que hoy están siendo sometidos a juicios sumarios, son jóvenes en edades entre los 16 y 35 años.

En medio de la represión, pudimos conocer y comprobar mediante el testimonio de familiares de detenidos que, pasadas 72 horas del arresto, aún desconocían el paradero de sus familiares, los que virtualmente se encontraban desaparecidos.

Jurídicamente, una persona se encuentra en condición de desaparición forzada cuando, ha sido detenida de forma irregular, trasladada hacia lugares desconocido por personal de las que no se tiene información, la incomunicación posterior, la imposibilidad de los familiares de conocer el lugar donde lo mantienen detenido y el desmarque que asumieron las autoridades al no asumir que esa persona se encuentra desaparecida. Internacionalmente, la desaparición forzada se considera un delito de lesa humanidad

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