En la calle, un vehículo policial boca abajo; encima le han encasquetado un contenedor de basura. A su alrededor, voces guapetonas jadean de tanta injuria a la Revolución, a sus dirigentes. En otra ciudad, los cristales de una tienda recaudadora de divisas se rinden ante las piedras lanzadas con odio demencial; luego, los delincuentes se adentran presurosos y saquean la unidad comercial.
Afortunadamente, ese caos no se extendió a todas las localidades de Cuba el 11 de julio; en la provincia, las protestas acaecieron en la ciudad de Sancti Spíritus y Trinidad, y solo implicaron a grupos de personas, neutralizadas por las fuerzas revolucionarias. Aquí no hubo lesionados ni centros estatales vandalizados; pero sí se vulneró la ley, aclara la fiscal María Esmeralda Pérez Pérez, jefa del Departamento de Procesos Penales en la Fiscalía Provincial.
Conocedora a fondo de la Carta Magna, aprobada por la mayoría de los electores cubanos el 24 de febrero del 2019, Pérez Pérez trae a colación el artículo 45 más de una vez. Es necesario que se comprenda que el ejercicio de los derechos de las personas sí tiene límites; está limitado por los derechos de los demás, la seguridad colectiva, el bienestar general, el respeto al orden público, a la Constitución y a las leyes, amplía la funcionaria.
Las imágenes circuladas por las redes sociales, algunas transmitidas por la Televisión prueban que no fueron manifestaciones pacíficas —plantea la fiscal—; hubo mucha violencia, que por unas horas acabó con la tranquilidad de este país. Se irrespetó el orden público, se afectó la seguridad colectiva.
No puede olvidarse —argumenta— que muchos de los manifestantes pedían una intervención humanitaria de Estados Unidos, y sabemos cuáles son sus consecuencias porque hemos visto qué ha pasado en otros países.
La jefa del Departamento de Procesos Penales asegura que, con la aplicación de la ley, no se está atacando la libertad de pensamiento, de conciencia y ni de expresión de las personas, reconocida en el Artículo 54 de la Constitución, ni los derechos de reunión, manifestación y asociación, consignados en el Artículo 56.
“No se trata de que las personas digan: no estoy a favor del Gobierno; sino de que lo que hicieron afectó la colectividad, transgredió las normas de convivencia social, condujo a una situación de inseguridad. Que la persona tenga un pensamiento diferente no le da el derecho a evadir las leyes y perjudicar la seguridad colectiva; se puede manifestar, siempre que se haga con respeto al orden público y el acatamiento a las preceptivas establecidas en la ley, lo cual no ocurrió así”, expone.
En opinión de la funcionaria, la vía de reclamación empleada perturbó la tranquilidad de los ciudadanos. Añade que la Ley de leyes reconoce que las personas tienen derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades, las que están obligadas a tramitarlas y dar las respuestas oportunas, pertinentes y fundamentadas.
Alude a un elemento novedoso de la Carta Magna: la persona tiene derecho a reclamar ante los tribunales la restitución de los derechos y obtener la correspondiente reparación o indemnización, cuando se le hayan vulnerado los consagrados en la Constitución.
Como es distintivo en el actuar de la Fiscalía, a raíz de los disturbios del 11 de julio, este órgano considera la individualización de la responsabilidad y participación en los hechos. De ahí que a unas personas se les haya aplicado la ley administrativa y otras serán procesadas penalmente. “Se llevará a los tribunales a los promotores, a los responsables, a las personas que instigaron a delinquir…”, anuncia.
Varios ciudadanos tendrán que pagar una multa de 3 000 pesos a tenor del Decreto No. 31, del Consejo de Ministros, por violar las disposiciones higiénico-sanitarias aprobadas para prevenir y controlar la actual situación epidemiológica, incluido el horario de circulación de las personas, fijado por el Grupo Temporal de Trabajo de la provincia con miras a contener la expansión del coronavirus.
Entre los supuestos delitos cometidos por quienes serán enjuiciados en Sancti Spíritus podrían mencionarse —según la fiscal— el de propagación de epidemia, desorden público, desacato e instigación a delinquir. En estos momentos los ciudadanos están siendo instruidos de cargo, se toman declaraciones a los testigos; se aplicarán medidas cautelares a algunos de ellos que ahora están a disposición del proceso de instrucción penal. “No habrá impunidad. El pueblo debe tener confianza en nuestros órganos jurídicos; la Fiscalía tiene un mandato constitucional que cumplirá. El tribunal dictará sentencia en correspondencia con un juicio justo, con apego al debido proceso. Se aplicarán las leyes en correspondencia con todas las garantías ciudadanas”, concluye.